Abogados ratificaron vacancia ante JNE contra alcalde Rivera mientras que Castiglioni no intervino al estar inhabilitado

Hugo Amanque Chaiñafebrero 11, 20254min0
Hugo Amanque Chaiñafebrero 11, 20254min0

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Abogados ratificaron vacancia ante JNE contra alcalde Rivera mientras que Castiglioni no intervino al estar inhabilitado

audiencia burneo

En audiencia virtual desarrollada el martes 11 de febrero ante los magistrados del Jurado Nacional de Elecciones presidido por el Dr. Roberto Burneo, los dos abogados de  los dos ciudadanos que tramitaron la vacancia contra el alcalde de Arequipa, Víctor Rivera, como son, Claudia Orihuela y Jorge Gallegos, en informes orales de cinco minutos cada uno, sustentaron las razones por las cuales el máximo organismo electoral debería declarar la vacancia del alcalde Víctor Rivera por haber transgredido el art. 63 de la ley de municipalidades.

El abogado, Aldo Ramos, que representa al ciudadano, Jorge Gallegos, solicitó la vacancia del alcalde de Arequipa. En su informe refirió que Víctor Rivera, dispuso una contratación simulada por servicios, ya que el servidor contratado, Arenas Román, nunca realizó servicios a la municipalidad sino al burgomaestre provincial, cobrando la suma de 4 mil 800 soles, siendo el único beneficiado.

Precisó que, Arenas Román, no tenía licencia para portar armas como ordena la ley y fue el alcalde Rivera quien reconoció en una entrevista en un programa de televisión que el servidor contratado fue asignado a despacho de alcaldía. Remarcó que Arenas no debió prestar servicios a la municipalidad porque se inscribió extemporáneamente en el OCSE y el alcalde Rivera reconoció que su mascota lo visitaba en su despacho por lo que hizo uso indebido del personal municipal.

Manifestó asimismo que hubo conflicto de interés y Rivera traicionó los deberes de probidad y transparencia en la gestión municipal y estaba prohibido de pagar al servidor contratado, por lo que el alcalde de Arequipa violó el art. 63 de la ley de municipalidades y se justificaba la causal de vacancia.

El abogado, Jesús Quispe que representa a la ciudadana, Claudia Orihuela, en su informe oral, indicó que Rivera incurrió en restricciones a los deberes de contratación, ya que hubo dos ordenes de servicio en el año 2023 por 4 mil 800 soles en favor de Arenas Román.

Puntualizó que en memorándum del gerente municipal se señaló inicialmente que el servicio era a petición de alcaldía que luego dio lugar a una orden de servicio y el alcalde reconoció que Arenas era su chofer y personal de seguridad, no cumpliéndose los requisitos de ley ya que no está autorizado para prestar servicios de seguridad.

El abogado Quispe, sostuvo que Arenas Román, custodiaba a la mascota del alcalde, prevaleciendo el interés personal del burgomaestre antes que cautelar el interés municipal y utilizando recursos municipales, por lo que solicitó a los magistrados del Jurado Nacional de Elecciones se revoque el acuerdo municipal 024-2024 y se declare fundado el recurso de apelación y se apruebe la solicitud de vacancia contra el alcalde Víctor Rivera.

Posteriormente, el presidente del JNE, Roberto Burneo, llamó por tres veces al abogado del alcalde Rivera, Julio Castiglioni para que de su informe oral. Castiglioni respondió a la tercera llamada y Burneo le informó que, según reporte del Colegio de Abogados de Lima, el letrado estaba inhabilitado, por lo que no podía ejercer defensa técnica a favor del alcalde. Sin embargo, le preguntó a Castiglioni si tenia un documento en contra que acredite su habilitación profesional, respondiendo el abogado del alcalde que no tenía habilitación y fue un descuido personal, por lo que el presidente del JNE señaló que no podía participar como abogado en el informe oral, concluyendo la audiencia virtual.

 

Hugo Amanque Chaiña


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