Contraloria afirma que el GRA y AUTODEMA no cumplen sus obligaciones en Proyecto Majes II del cual podría favorecerse la concesionaria

pressadmindiciembre 29, 20227min0
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Contraloria afirma que el GRA y AUTODEMA no cumplen sus obligaciones en Proyecto Majes II del cual podría favorecerse la concesionaria

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Hace más de cinco meses desde la suscripción de la adenda 13 al contrato de concesión del Proyecto Majes II AUTODEMA no ha definido la alternativa que le permita efectuar la entrega del control del proyecto de la via de acceso a la Bocatoma Lluclla, lo que contraviene el principio de enfoque de resultados establecido en la normativa de asociaciones público privadas.

Así lo señala en resumen, Milagros Juárez Morales, Sugerente de la Gerencia de Control de Asociaciones Publico Privadas y Obras por impuestos de la Contraloria en el Informe de Control Concurrente 30405-2022 denominado, “Garantías, Pólizas, Avance Financiero del Cofinanciamiento, así como la presentación del expediente técnico 2 y los avances en la entrega del control del Proyecto para la construccion, operación y mantenimiento de las obras mayores de afianzamiento hídrico y de infraestructura para la irrigación de las Pampas de Siguas”.

El informe de Contraloría indica también que se evidencian inconsistencias entre el sustento remitido para l firma de dicha adenda y lo indicado después de suscrita la misma, respecto a la entrega del tal via de acceso. Estos hechos podrían ocasionar el incumplimiento de los plazos contractuales para la entrega del control del proyecto de la via de acceso a la Bocatoma Lluclla, así como la dilación de la ejecución de obras nuevas de la segunda fase, en desmedro del desarrollo agrícola de la zona.

En conclusión, el informe refiere lo siguiente:

  • La presentación del ET N°2 por parte del Concesionario fue realizada dentro del plazo previsto en el Contrato de Concesión.
  • El Concedente, a través del Supervisor Especializado, emitió sus observaciones y pronunciamiento respecto al contenido del ET N°2 en los plazos previstos en el Contrato de Concesión. No obstante, no aprobó dicho Expediente alegando que persistían observaciones pendientes de levantar por parte del Concesionario.
  • Durante los noventa (90) días calendario posteriores al plazo máximo para la aprobación del ET N° 2, las partes han venido sosteniendo reuniones a fin de solucionar las discrepancias de las observaciones del referido Expediente sin llegar a ningún acuerdo.
  • En la actualidad, la aprobación del ET N° 2 se encuentra en controversia técnica. De lo expuesto, se evidencia que, habiendo transcurrido más de ciento cincuenta (150) 31 días desde la presentación ET N°2 por parte del Concesionario, aún persisten observaciones al referido expediente, debido a divergencias entre el Concedente – Supervisor Especializado y el Concesionario. Esto ha conllevado a que la aprobación del ET N° 2 se encuentre actualmente en Controversia Técnica, situación que dilata la ejecución de las Obras Nuevas de la Segunda Fase.

Asimismo, el informe señala que las situaciones adversas comunicadas en el Informe de Hito de Control anterior, respecto de las cuales el AUTODEMA aún no ha adoptado acciones preventivas y correctivas, o éstas no han sido comunicadas a la Comisión de Control, son las siguientes:

  • Informe de Hito de Control N°9495-2020-CG/APP-SCC de 12 de octubre de 2020 (Hito de Control N°1) No se ha evidenciado que el concedente y Autodema hayan ejecutado acciones a fin de evaluar y verificar l vigencia, condiciones y coberturas de las pólizas de seguro contratadas por el concesionario relacionadas a las obras nuevas de la primera fase. Adicionalmente, la póliza de las obras existentes contratadas por el concedente no cobertura l ocurrencia ante un evento de guerra exigida en el contrato de concesión. Por lo tanto, tales hechos generan el riesgo que dichas infraestructuras, así como los terceros, no se encuentren protegidos y cubiertos en los términos exigidos por el contrato de concesión, ante la ocurrencia de siniestros que pudieran afectarlos.

También no se ha evidenciado l suscripción de una adenda al contrato de concesión que modifique el anexo 20 sobre cronograma de desembolsos, a pesar de lo cual el concedente efectuó pagos de saldos pendientes. Esta situación podría generar que el concedente continúe realizando pagos por avances de obras sin contar con marco contractual.

Tres son las recomendaciones que emite la Contraloria.

  1. Hacer de conocimiento al Gobierno Regional de Arequipa y a la Autoridad Autónoma de Majes, el presente Informe de Control Concurrente, el cual contiene una (1) situación adversa identificada como resultado del Control Concurrente al “Hito de Control N°2: Estado Situacional de las actividades del Periodo Constructivo Principal, correspondiente a la verificación de los plazos para la presentación y aprobación del Expediente Técnico N°2”, con la finalidad que se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos del Contrato de Concesión.
  2. Asimismo, de acuerdo al numeral 6.1.8.2 de la Directiva N°013-2022-CG/NORM32 , el Gobierno Regional de Arequipa y la Autoridad Autónoma de Majes cuenta con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para efectuar la primera comunicación, al Órgano de Control Institucional, de las acciones adoptadas o por adoptar respecto a la situación adversa contenida en este informe, así como un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario para comunicar las acciones que corrigen la situación adversa identificada33 .
  3. Hacer de conocimiento al Gobierno Regional de Arequipa y a la Autoridad Autónoma de Majes, el Aspecto Relevante señalado en el acápite V del presente informe de Control Concurrente, a fin de que efectúen las acciones correspondientes en el marco de sus competencias.

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