Aprueban Plan de Acción para servicios de Política Nacional de Vivienda al 2030

pressadminoctubre 10, 20224min0
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Aprueban Plan de Acción para servicios de Política Nacional de Vivienda al 2030

nueva vivienda

Imagen. Andina

El ministro de Vivienda, Cesar Paniagua, mediante resolución ministerial 283-2022-publicado en el diario oficial, aprobó el Plan de Acción para la implementación de los servicios de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, con horizonte temporal al 2030 (PA-PNVU). El PA-PNVU tiene por objetivo general establecer las estrategias, etapas y plazos para la implementación adecuada de los treinta y tres servicios de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, con horizonte temporal al 2030 (PNVU), en el marco de las funciones que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sus organismos públicos y entidades adscritas.

El plan tiene como objetivo definir los mecanismos para el seguimiento de los indicadores de la PNVU y es de aplicación directa para el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sus organismos públicos y entidades adscritas y crea la Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominada “Comisión Sectorial para coadyuvar al seguimiento de la implementación de la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, con horizonte temporal al 2030.

La resolución señala que la Comisión Sectorial tiene por objeto coadyuvar al seguimiento de la implementación de la PNVU, para lo cual sesionará bimestralmente, o cuando lo solicite su Presidencia. La Comisión Sectorial está conformada por: a) El/La Viceministro/a de Vivienda y Urbanismo, b) El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, quien preside la Comisión Sectorial, c) El/La Director/a General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, d) El/La Director/a General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, e) El/La Director/a General de la Dirección General de Accesibilidad y Desarrollo Tecnológico, f) El/La Director/a General de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto, g) El/La Director/a General de la Oficina General de Estadística e Informática, h) El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento.

Son funciones de la Comisión Sectorial: a) Coadyuvar al seguimiento de la implementación de la PNVU, b) Emitir informes, actas, ayudas memorias u otros, como resultado del seguimiento a la implementación de la PNVU, c) Convocar a otras entidades responsables y participantes de la provisión de los servicios de la PNVU, para las sesiones de la Comisión Sectorial, d) Proponer, de requerirse, mecanismos adicionales de articulación para la implementación de la PNVU, e) Convocar a otros actores públicos o privados para la coordinación interinstitucional y/o asistencia técnica.

La Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial está a cargo de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la cual implementa las disposiciones que acuerde dicha Comisión, reporta periódicamente a la Presidencia de esta y es responsable de convocar a las reuniones, llevar el registro de los acuerdos y custodiar las actas, así como la documentación de la Comisión Sectorial. La Comisión Sectorial se instala dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030.

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