El martes 8 Consejo Regional debatirá reconsideración a la aprobación de la adenda 13

Hugo Amanque Chaiñamarzo 6, 202211min0
Hugo Amanque Chaiñamarzo 6, 202211min0

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El martes 8 Consejo Regional debatirá reconsideración a la aprobación de la adenda 13

legisladores cra

Imagen: Andina

El presidente del Consejo Regional de Arequipa, Jose Hanccó, convocó oficialmente a sus colegas consejeros a la sesión ordinaria a desarrollarse el martes 08 de marzo desde las 10 horas en la sede del legislativo regional para abordar varios asuntos en la agenda. Entre ellos la reconsideración que presentaron 4 consejeros regionales, Elmer Pinto, Criss Díaz, Ysrael Zúñiga y Eddy Medina, quienes solicitan reconsideración al acuerdo regional que por mayoría aprobó la adenda 13 en la sesión del 25 de febrero.

Entre los argumentos más importantes de quienes presentaron la reconsideración, señalan que AUTODEMA no aclaró la contradicción que contiene el proyecto de Adenda en cuanto a que por un lado define que el mayor monto de inversión asciende a US$ 104 668 266,00 incluido el IGV y en las definiciones 1.71 y 1.110A, se habla de que serán pagados en dos cuotas de “US$ 54 496 347 más el IGV”, que superan los US$ 108 992 694,00 sin considerar el IGV y los US$ 125 millones considerando el IGV, por lo que el dictamen en minoría, ni AUTODEMA ni nadie ha explicado esta diferencia.

Sostienen que el argumento de que basta con una nueva circunstancia para dar lugar al cambio tecnológico es falaz, ya que el cambio climático es una circunstancia que existe desde muchos años antes de la fecha en que suscribió el TUO, pero sobre todo es absurdo que se pretenda que sus solos efectos equivalen a la suma de los efectos producidos por el conjunto de las alegadas nuevas circunstancias. Refieren también que tampoco se ha pedido aclaración alguna al actual Gerente de AUTODEMA, Arturo Félix Arroyo Ambia, respecto a cuáles fueron las motivaciones o fundamentos para que él mismo, el 9 de septiembre de 2016, haya suscrito el denominado Acuerdo de Entendimiento con el cual ambas partes expresan su interés en explorar la posibilidad de mejorar de manera integral del Proyecto Majes Siguas II en su Segunda Fase sobre la base de un nuevo estudio.

En este tema a debatirse el martes 08, antes del tema de fondo (la adenda 13), los consejeros debatirían el tema de forma para ver si admiten o no la petición de reconsideración. Según el asesor legal del presidente del Consejo Regional, Jose Lumi, en un informe elevado a Jose Hanccó, concluye que debe rechazarse de plano el pedido de reconsideración planteado y debe ser declarado improcedente al no haberse completado las cinco firmas de consejeros regionales que se necesitan para presentar la reconsideración al acuerdo, conforme lo dispone en estricto el artículo 63 del reglamento interno del Consejo Regional.

El asesor afirma que por resolución 0080-2018-JNE el número de consejeros por Arequipa es de 14, por lo que el número legal es de 4.5 y con el redondeo legal el tercio de ese número legal es de 5, por lo que no se ha llegado a cumplir con este requisito legal del número legal de firmas. Recomienda por tanto que antes de tratarse el tema de fondo, los consejeros deben pronunciarse sobre su admisibilidad o improcedencia del pedido de reconsideración como cuestión previa, ya que el colegiado es el único competente para pronunciarse sobre el tema.

Otro de los temas considerados en la agenda versan sobre, el proyecto de acuerdo regional que aprueba la solicitud para la afectación en uso del terreno ubicado en la Av. Alfonso Ugarte a fin de que se construya el Centro de Acogida Residencial Especializado para niños y adolescentes con discapacidad de la provincia de Arequipa. Otro proyecto de acuerdo regional es aprobar la solicitud en uso del terreno ubicado en el lote 390 Pedregal Sur a fin de que se viabilice el proyecto de Creación del Centro de Acogida y Refugio Temporal para mujeres en situación de violencia en el distrito de Majes provincia d Caylloma. También se debatirá el proyecto de acuerdo regional que propone al Congreso la iniciativa legislativa sobre la autonomía presupuestaria y estructura interna de los Consejeros frente a los Gobiernos Regionales.

Breve análisis del caso

La opinión que emitió el asesor legal del presidente del Consejo Regional, no tiene sustento factico, ya que se remite literalmente a la resolución del JNE y del reglamento interno del legislativo regional, cuando las normas y reglamentos pueden tener varias interpretaciones jurídicas, basadas en la realidad y en los hechos y no solo en el texto normativo. Precisemos. Desde que fueron recluidos el ex gobernador Cáceres, algunos consejeros regionales y funcionarios, el Consejo Regional aprobó varios acuerdos, con 9, 10 y 11 consejeros, porque los restantes estaban recluidos o fugados, por lo tanto, no se les podía contar para adoptar decisiones y aprobar ordenanzas ni acuerdos regionales.

Revisemos algunos de los acuerdos del Consejo Regional el año 2021 y 2022. Para declarar la vacancia del fallecido gobernador Walter Gutiérrez, dicha decisión se adoptó con 9 consejeros, para elegir como vicegobernadora a Kimmerlee Gutiérrez, dicha decisión se adoptó con 9 consejeros, ya que 5 votaron la Gutiérrez y 4 por Zúñiga, lo que validó la resolución 0944-2021 del Jurado Nacional de Elecciones ante la situación atípica de Arequipa. Para elegir a José Hancco como presidente del Consejo Regional en enero 2022 también participaron 9 consejeros, así como también para suspender a los consejeros que habían acumulado más de tres inasistencias a las sesiones dicha decisión se acordó con la participación de 10 consejeros regionales.

En resumen, todos los acuerdos adoptados en el Consejo Regional desde noviembre 2021 a febrero 2022 se adoptaron con la participación de 9 y 10 consejeros, lo que no es ilegal ni antiético, por lo que todos los acuerdos y ordenanzas aprobadas tienen validez y ninguno de dichos acuerdos fueron impugnados ni se tramitaron reconsideraciones. Pero hoy con una interpretación literal sin mayor fundamento, se pretende impedir el debate una petición de reconsideración tramitada por 4 consejeros regionales. Para despejar estas dudas, lo correcto hubiera sido que el presidente Hancco, solicite previamente un dictamen de la Comisión de Asesoría Jurídica del Consejo Regional y no lo habría hecho. Incluso, para despejar toda duda de mal interpretación jurídica, lo ideal hubiera sido que el presidente del Consejo Regional, solicite una opinión al Jurado Nacional de Elecciones, para que ellos definan, cual resolución tiene validez.

La resolución 0080-2018-JNE, que fijó que Arequipa tenga 14 consejeros regionales, o la resolución 0944-2021-JNE, mediante el cual convocó a Kimmerlee Gutiérrez para que asuma de manera provisional el cargo de gobernadora de Arequipa y suspendió en su cargo a Elmer Cáceres Llica. Dicha resolución en los hechos, convalidó la elección de los consejeros hacia la gobernadora provisional Gutiérrez, siendo los argumentos principales del máximo organismo electoral los siguientes.

2.7.- “Que, el elemento consustancial a todo Estado Constitucional y Democrático de Derecho lo constituye la gobernabilidad, así como la propia estabilidad social, la cual podría verse alterada con una demora innecesaria en la tramitación de un procedimiento de declaratoria de suspensión como en este caso”. 2.11. “La regulación procedimental de la suspensión de autoridades regionales debe ser interpretada atendiendo a la finalidad constitucional y legítima que persigue, esto es, garantizar la continuidad y el normal desarrollo de la gestión regional, lo cual podría resultar entorpecida por la imposibilidad material del gobernador de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo. Así se trate de una circunstancia temporal genera serias consecuencias en la gobernabilidad y estabilidad política, económica y social de la circunscripción”. 2.12. “Corresponde, entonces, apartarse de la regla trámite de los procedimientos de suspensión, dado que, en el presente caso, se pueden afectar derechos primordiales como la seguridad pública, así como el interés general de la circunscripción regional, cuya satisfacción constituye uno de los fines del Estado y justifica la existencia del gobierno regional”.

Esperaremos el debate del recurso de reconsideración el próximo martes 08 en el Consejo Regional, no solo en el tema de forma, sino especialmente en el tema de fondo de la cuestionada adenda 13 a favor de la concesionaria privada.

 

Hugo Amanque Chaiña


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