Espectáculos y actividades deben contar con autorización municipal el 30 y 31 de octubre
Con relación a las actividades y espectáculos a realizarse los días 30 y 31 de octubre del presente, el Ministerio de Cultura informa a la opinión pública lo siguiente:
1.Los espectáculos de artes escénicas (incluido los espectáculos musicales) están permitidos siempre que cuenten con la correspondiente autorización municipal, respeten las disposiciones de bioseguridad -recogidas en los respectivos protocolos sanitarios- y la normativa establecida en el Decreto Supremo 163-2021-PCM del 16 de octubre de 2021.
- Actualmente, están vigentes los protocolos sectoriales para actividades de artes escénicas, música y artes visuales y tradicionales, a través de la Resolución Ministerial Nº 242-2020-DM-MC, de fecha 14 de setiembre del 2020, que aprueba el Protocolo de Actividades de Artes Visuales y tradicionales con público, y la Resolución Ministerial Nº 321-2020-DM -MC, de fecha 25 de diciembre del 2020, que aprueba el Protocolo de Artes Escénicas (incluida música) con público.
- Mediante diversas normativas, ya se han venido autorizando el reinicio de las actividades económicas, amparadas en el Decreto Supremo Nº 023-2021 del 13de febrero de 2021, que modifica el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 0184-2020-PCM, que faculta la realización de artes escénicas, según nivel de alerta moderado, alto. También, con normas posteriores se fue reestableciendo la reactivación de las actividades de artes escénicas en espacios abiertos y cerrados con un aforo vinculado al nivel de alerta de cada departamento del Perú.
- Finalmente, el Ministerio de Cultura reafirma el compromiso de contribuir a la reactivación económica, salvaguardando la salud y la vida de las y los ciudadanos y de respetar las disposiciones vigentes para evitar el contagio del COVI D-19.
Oficina de Comunicación e Imagen Institucional
Ministerio de Cultura