Limache propone ley que concede amnistía a procesados o condenados por participar en golpe de Estado el 07 de diciembre del 2022

Hugo Amanque Chaiñadiciembre 4, 20256min0
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Limache propone ley que concede amnistía a procesados o condenados por participar en golpe de Estado el 07 de diciembre del 2022

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La congresista Nieves Limachi, presentó el proyecto de ley que tiene por objeto conceder amnistía a los funcionarios públicos que hayan sido procesados o condenados por su participación en los hechos relacionados con el mensaje a la Nación pronunciado por el expresidente de la República, señor José Pedro Castillo Terrones, el día 7 de diciembre de 2022.

La propuesta legislativa propone se conceda amnistía a favor de los funcionarios públicos que hayan sido procesados o condenados penalmente por actos vinculados directa o indirectamente con su participación en el referido mensaje presidencial, siempre que tales actos no constituyan delitos de lesa humanidad, genocidio, desaparición forzada, tortura u otros que no sean susceptibles de amnistía conforme al derecho internacional. La autoridad competente, según corresponda, dispondrá la aplicación inmediata de la amnistía, ordenando el archivo de las investigaciones o procesos en trámite o la extinción de la pena.

En la exposición de motivos del proyecto de ley de Limachi, sostiene que el 7 de diciembre de 2022, el Presidente José Pedro Castillo Terrones emitió un mensaje a la Nación anunciando la disolución del Congreso, la reorganización de instituciones del sistema de justicia y la convocatoria a elecciones para un Congreso Constituyente. Dicho mensaje constituyó una reacción política legítima ante una crisis de gobernabilidad sin precedentes recientes, más que un intento material de alterar el orden constitucional por la vía de la fuerza, puesto que no existió despliegue militar o policial alguno, lo cual resulta relevante para el análisis penal que posteriormente se realizó.

Agrega que, en paralelo al mensaje, el Congreso procedió a una vacancia presidencial. Dicho procedimiento fue llevado adelante bajo la modalidad excepcional prevista en el numeral c) del artículo 89-A del Reglamento del Congreso, que exige el voto de cuatro quintas partes del número legal de congresistas, es decir, ciento cuatro votos, para proceder a una votación inmediata.

Sin embargo, la votación para dicho procedimiento de vacancia solamente alcanzó ciento un votos, generando un vicio procedimental que afecta la validez del acto parlamentario de vacancia. Esta tesis ha sido desarrollada por Croxatto y Zaffaroni (2025), quienes plantean que la votación no cumplió las condiciones establecidas reglamentariamente. Tras la lectura del mensaje presidencial, y la declaratoria irregular de vacancia por parte del Congreso, el presidente José Pedro Castillo Terrones fue detenido por la Policía Nacional.

Dicha detención se fundamentó en la hipótesis de flagrancia. Sin embargo, incluso la flagrancia debe analizarse a la luz de la inmunidad presidencial y de los procedimientos de acusación constitucional previstos en la Carta Magna, por lo cual, la detención del presidente Castillo también adolece de cuestionamientos legales; más aún, considerando que la Resolución donde consta el acuerdo de la vacancia aprobada por el Congreso (Resolución Legislativa N° 0012022-2023-CR) recién fue publicada en horas de la tarde en el diario oficial El Peruano, específicamente a las 15:57 p.m., esto es, con posterioridad a la detención del presidente Pedro Castillo, que se efectuó a las 13:42 pm.

En tal sentido, al existir controversia sobre la validez de la vacancia, la condición de presidente no podía considerarse automáticamente concluida, por lo que la detención debió requerir un procedimiento previo de levantamiento de inmunidad.

Limachi afirma que la relación costo–beneficio de la amnistía es favorable, dado que los costos asociados son mínimos y los beneficios tanto para el Estado como para la ciudadanía y el país son sustanciales y sostenidos en el tiempo. Existe beneficios institucionales, sociales y económicos que su aplicación generará. Remarca que la iniciativa no genera gasto adicional al Tesoro Público; por el contrario, permite resolver situaciones jurídicas excepcionales mediante la figura constitucional de la amnistía, sin afectar la independencia judicial ni comprometer recursos públicos.

Afirma asimismo que la extinción de procesos y condenas en los casos contemplados en la propuesta reducirá de manera sustancial la carga procesal del Ministerio Público y del Poder Judicial, permitiendo que dichos órganos concentren sus esfuerzos en investigaciones y juicios de mayor relevancia para la seguridad y el interés público. El proyecto de ley presenta un balance costo–beneficio positivo, pues no implica gastos adicionales y, en cambio, produce mejoras sustanciales en la administración de justicia, la eficiencia estatal, la estabilidad institucional y la cohesión social del país.

Hugo Amanque Chaiña


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