Presentaron solicitud de vacancia contra el Gobernador Regional del Cusco, Werner Salcedo Álvarez, por presunta incapacidad moral permanente

Hugo Amanque Chaiñanoviembre 14, 20256min0
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Presentaron solicitud de vacancia contra el Gobernador Regional del Cusco, Werner Salcedo Álvarez, por presunta incapacidad moral permanente

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El 10 de noviembre el ciudadano Jhoel Franco Navarro Zapata, presentó solicitud formal de vacancia ante el Consejo Regional del Cusco en contra del gobernador regional Werner Máximo Salcedo Álvarez, por presuntas irregularidades en la gestión administrativa y faltas a los principios de probidad y transparencia en el ejercicio de la función pública.

Navarro Zapata, sostiene en su petición de vacancia que en el Informe de Control Específico N.º 053-2025-2-5337-SCE de la Contraloría General de la República, se detectó presuntas irregularidades en la designación de cargos y delegación de funciones dentro del Gobierno Regional del Cusco. Entre ellos, la designación irregular de Denisse Ysabel Ttica Peralta como directora de la Oficina de Integridad Pública y como interventora preventora, sin cumplir con los requisitos legales de idoneidad.

Asimismo, agrega que hubo delegación indebida de funciones al consultor externo Fernando Flavio Flores Fuertes, quien habría evaluado perfiles y tomado decisiones sobre nombramientos sin tener competencia para ello. Refiere asimismo la acumulación de tres cargos simultáneos por parte de Ttica Peralta dentro del Gobierno Regional, configurando presunto nepotismo funcional y falta de transparencia y remarca que la Contraloría ha recomendado acciones penales contra los mencionados funcionarios por vulnerar la Ley N.º 31419, que regula el ejercicio de la función pública.

Jhoel Navarro, en la fundamentación jurídica de su petición, invoca el artículo 32 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (Ley N.º 27867), que faculta al Consejo Regional a declarar la vacancia del gobernador por incapacidad moral permanente y cita los artículos 39° y 41° de la Constitución Política del Perú, que establecen los principios de probidad, transparencia y moralidad en la función pública.

Puntualiza asimismo que la Sentencia N.º 0039-2015-PI/TC del Tribunal Constitucional, reconoce que los actos de corrupción y falta de probidad constituyen causal de vacancia aun sin condena penal, por afectar la confianza pública. Solicita finalmente al Consejo Regional de Cusco, se admita la solicitud de vacancia contra el gobernador regional, se inicie el procedimiento administrativo correspondiente, conforme al artículo 32 de la Ley N.º 27867 y se declare la vacancia del cargo de gobernador regional de Cusco, disponiendo las acciones legales para la sucesión conforme a ley.

Breve comentario del tema

La petición de vacancia contra el gobernador del Cusco por presunta incapacidad moral permanente, no tendría sustento legal, ya que invoca el art. 32 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, cuando debió invocarse el art. 30. Dicho artículo precisa que el cargo de gobernador, vicegobernador o consejeros regionales vaca por las siguientes causales.

  1. Fallecimiento, 2. Incapacidad física o mental permanente debidamente acreditada por el organismo competente y declarada por el Consejo Regional, 3. Condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, 4. Dejar de residir de manera injustificada hasta un máximo de 180 días en la región o por un término igual al máximo permitido por Ley para hacer uso de licencia, 5. Inasistencia injustificada al Consejo Regional, a tres sesiones consecutivas o cuatro alternadas durante un año.

En el art. 30 no hay causal de incapacidad moral permanente. Pero si hay vacancia por incapacidad física, por lo que el pedido de vacancia debió adjuntar certificados médicos donde acredite que el gobernador de Cusco físicamente no puede ejercer el cargo por una lesión grave que le impida desempeñar sus funciones a plenitud y a dedicación exclusiva como señala el art. 20 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Asimismo, si se trata de incapacidad mental, el peticionante de vacancia debió presentar certificados médicos y psiquiátricos donde demuestre que el gobernador del Cusco tiene graves enfermedades mentales que le impiden desempeñar la función exclusiva como ordena la legislación regional. No se habría presentado dicha documentación, por lo que será el Consejo Regional del Cusco a través de las comisiones correspondientes quienes evalúen en su momento y califiquen si se da trámite dicha petición o se manda al archivo.

Hugo Amanque Chaiña – Periodista y Abogado

Foto La Última Noticia

Hugo Amanque Chaiña


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