Gobernador Sánchez encarga gerencia de Ciencia y Tecnología a gerente de Ambiente a Fernando Mejía que devendría en ilegal

El gobernador regional Rohel Sánchez, mediante Resolución Ejecutiva Regional 007-2026 del 07 de enero del 2026, encargó de manera excepcional al Mg. Fernando Mejía Vargas el cargo de gerente regional de Ciencia, Tecnología e Innovación, en adición a sus funciones como gerente regional del Ambiente, debiendo cumplir sus labores y responsabilidades funcionales. Dicha resolución devendría en ilegal que no está considerada en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales 27867.
Sánchez mediante Resolución Ejecutiva Regional 006-2026, dio por concluida desde el 06 de enero del 2026 la designación de la Dra. Irina Salazar Churata en el cargo de gerenta regional de Ciencia, Tecnología e Innovación del gobierno regional de Arequipa y debe presentar en plazo de 15 días su declaración jurada de bienes y rentas luego de cesar en el cargo conforme lo señala la legislación vigente.
Salazar Churata fue designada en el cargo el 08 de febrero del 2024 siendo la primera gerenta en dicho cargo que fue creado en la actual gestión regional del gobernador Sánchez mediante una ordenanza regional del Consejo Regional de Arequipa cuando fue presidente Miguel Linares en el año 2023, ya que anteriormente no estaba en el organigrama del gobierno regional de Arequipa.
Breve comentario del tema.
Esta designación del gobernador Sánchez, podría ser considerada ilegal y ser revisada por el Consejo Regional de Arequipa, ya que si bien la ley orgánica de gobiernos regionales le reconoce como atribución legal del gobernador a designar gerentes sectoriales, en ninguno de los artículos de la Constitución, ni la ley que regula las funciones y competencias de los gobiernos regionales, le faculta al gobernador designar a un gerente que ya tiene un cargo designado mediante resolución ejecutiva regional con un cargo especifico, pero ninguna ley le confiere la facultad de encargar de manera excepcional a un mismo gerente como acaba de suceder con la designación de Mejía que es gerente Ambiental. Incluso dicho funcionario incurriría en responsabilidad funcional al aceptar una designación que no tiene base legal.
Concretamente, en el capítulo III de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el art. 21 sobre atribuciones del gobernador regional, en el inciso c) señala que el gobernador Sánchez, “puede designar y cesar al gerente general regional y los gerentes regionales sectoriales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de confianza”.
No hay encargaturas excepcionales y el gobernador Sánchez, habría transgredido la ley y eso implica responsabilidades legales que deben evaluarse.
El nuevo Consejo Regional que preside la consejera oficialista que representa a Camaná, Norma Ortega, debería citar a Sánchez, para que, de explicaciones coherentes sobre este tema, ya que, en un Estado constitucional de Derecho, nadie está encima del ordenamiento jurídico del país. Tampoco se puede invocar la autonomía regional ya que eso supondría una autarquía que el Tribunal Constitucional, supremo interprete de la Constitución considera violatorio del orden jurídico del país que gobernantes y gobernados debemos respetar. Ampliaremos el tema más adelante y veremos si actúan los consejeros regionales en su ejercicio de control político y fiscalización.
Hugo Amanque Chaiña – Periodista y Abogado




