TC declaró fundada medida cautelar del JNE y suspende efectos de resolución del PJ que ordena inscripción de UP

Hugo Amanque Chaiñaoctubre 22, 20252min0
Hugo Amanque Chaiñaoctubre 22, 20252min0

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TC declaró fundada medida cautelar del JNE y suspende efectos de resolución del PJ que ordena inscripción de UP

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Por mayoría de votos, el Tribunal Constitucional declaró fundada la solicitud de medida cautelar presentada por el Jurado Nacional de Elecciones y dispuso suspender los efectos de las resoluciones que emitió el Poder Judicial en los que ordena la inscripción del partido político Unidad Popular.

El Tribunal analizó los requisitos concurrentes para otorgar una medida cautelar en un proceso competencial, que son: la verosimilitud o apariencia de la afectación competencial invocada; el peligro en la demora; la adecuación de la pretensión y el principio de reversibilidad, concluyendo en la conveniencia de conceder la cautelar solicitada.

El auto del TC precisa que la medida cautelar mantendrá sus efectos hasta que se emita la sentencia definitiva en el proceso competencial interpuesto por el JNE, sin que se pueda emitir nuevas resoluciones que pudieran comprometer el desarrollo del cronograma del proceso electoral del próximo año.

En relación con el carácter intangible del cronograma electoral, el colegiado ha tenido en cuenta que el Tribunal Constitucional en su jurisprudencia ha establecido, con carácter de precedente, que las resoluciones del JNE que afecten derechos fundamentales no se encuentran exentas de control constitucional porque puede acudirse al proceso de amparo, pero, a la vez, sus decisiones no pueden modificar ni alterar el calendario electoral.

A mediados de setiembre, el TC admitió a trámite la demanda competencial que planteó el JNE contra el Poder Judicial, tras el fallo de un juzgado que ordenó la inscripción del partido Unidad Popular, pese a que el organismo electoral ya había indicado que dicho registro se dio fuera del plazo establecido.

 

Hugo Amanque Chaiña


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