SEDAPAR no actualizó su plan de contingencia contra las lluvias 2024-2025 y genera riesgos en servicio de saneamiento alerta Contraloría

Hugo Amanque Chaiñadiciembre 18, 20245min0
Hugo Amanque Chaiñadiciembre 18, 20245min0

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SEDAPAR no actualizó su plan de contingencia contra las lluvias 2024-2025 y genera riesgos en servicio de saneamiento alerta Contraloría

sedapar lluvias 24

SEDAPAR no actualizó su plan de contingencia 2024 lo que podría generar riesgo en la prestación normal de servicios de saneamiento durante el periodo de lluvias entre años 2024 y 2025. Así lo refiere el informe de orientación de oficio 031-2024 del órgano de control institucional de SEDAPAR del 13 de diciembre del 2024.

El informe precisa que mediante Resolución Ministerial 188-2015-PCM de 11 de agosto de 2015, se aprobó los Lineamientos para la formulación y aprobación de los planes de contingencia, los cuales son definidos por la misma normativa como: “(…) un instrumento técnico de planeamiento específico y gestión obligatorio, cuyo propósito es proteger la vida humana y el patrimonio, contiene las responsabilidades, competencias, tareas y actividades de los involucrados en la ejecución del plan, a fin de mantener un adecuado canal de comunicación entre estos. Asimismo, forma parte de los planes específicos por procesos y es elaborado en concordancia con el PLANAGERD”.

Mediante resolución 1244-2023/S-20000 de 28 de diciembre de 2023 se aprobó el Plan de Contingencia Sedapar S.A.- período 2024, el cual tiene como objetivo general garantizar la prestación de los servicios de saneamiento que brinda SEDAPAR o garantizar el restablecimiento en el menor tiempo posible en caso de la ocurrencia de una emergencia que pueda poner en riesgo la prestación normas de los servicios de saneamiento.

Al mes de diciembre 2024, SEDAPAR no ha realizado la actualización del Plan de Contingencia Sedapar S.A. – período 2024; no obstante, es de indicar que el Órgano de Control Institucional mediante Informe de Orientación de Oficio 003-2024-OCI/0263-SOO de 19 de febrero de 2024 comunicó deficiencias del Plan de Contingencia de Sedapar S.A., que no permitieron el adecuado abastecimiento de agua potable a la población de Arequipa Metropolitana ante la emergencia ocasionada por las intensas lluvias suscitadas el 5 de febrero de 2024, lo cual generaba el riesgo que ante una futura emergencia no se cuente con el abastecimiento adecuado de agua potable para la población.

Ante este contexto, el informe refiere que SEDAPAR debe actualizar su plan de contingencia, más aún considerando que, el período de lluvias 2024-2025 ha iniciado, conforme lo señalado en el Boletín Climático Nacional: noviembre 2024, en el cual se precisa que: “Para el trimestre diciembre 2024 –febrero 2025 se indica que, en la sierra sur, sierra centro oriental, sierra norte oriental y selva norte es más probable que se presenten lluvias por encima de lo normal”.

El informe precisa que se ha pronosticado un escenario de lluvias superiores a las normales, lo cual aunado a la falta de actualización del Plan de Contingencia Sedapar S.A. – período 2024, constituye un riesgo para la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado en Arequipa, aspecto que tendría que ser evaluado por SEDAPAR para que tome las acciones preventivas y/o correctivas de corresponder.

El informe indica que la empresa del agua potable en Arequipa está incumpliendo la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), publicado el 19 de febrero de 2011m e Reglamento de la Ley 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo 048-2011-PCM de 25 de mayo de 2011, publicado el 26 de mayo de 2011 y los Lineamientos para la formulación y aprobación de los planes de contingencia, aprobados por Resolución Ministerial 188-2015-PCM de 11 de agosto de 2015.

El informe dirigido a Armando Llaza, presidente del directorio de SEDAPAR, le solicita que debe comunicar al Órgano de Control Institucional, en el plazo máximo de cinco días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar, respecto a la situación adversa contenida en el Informe de Orientación de Oficio, adjuntando la documentación de sustento respectiva.

 

Hugo Amanque Chaiña


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