Ministerio de Cultura protege sitio arqueológico del cementerio de Yanaqoto en Condesuyos

pressadminnoviembre 19, 20232min0
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Ministerio de Cultura protege sitio arqueológico del cementerio de Yanaqoto en Condesuyos

condesuyos 23

El Director de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura, Gilberto Córdova Herrera, mediante Resolución Directoral 000207-2023, publicado en el diario oficial, determinó la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Cementerio Yanaqoto ubicado en el distrito de Chuquibamba, provincia de Condesuyos y departamento de Arequipa, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo de acuerdo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo con el Plano perimétrico con código PPROV-094-MC-DGPA-DSFL-2023 WGS84.

La Resolucion señala que para la protección de este espacio con compromiso cultural correspondiente al Sitio Arqueológico Cementerio Yanaqoto, se considera el cese de la afectación y la señalización que indique la condición cultural correspondiente a esta zona, salvaguardando de este modo el Patrimonio Cultural de la Nación. Acciones que deberán ser previamente evaluadas y ejecutadas por el área competente con la finalidad de la conservación y protección de este importante monumento arqueológico.

La norma publicada, encarga a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma.

Se notifica a la Municipalidad Distrital de Chuquibamba, a fin de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como también notifica a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED.

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