El Poder Constituyente y los Poderes Constituidos

Imagen: Exitosa Noticias
La Comisión de Constitución del Congreso por mayoría conservadora, aprobó mandar al archivo el proyecto de reforma constitucional que propuso el gobierno de Castillo para que el pueblo sea consultado en referéndum si desea tener una Asamblea Constituyente que redacte una nueva Constitución Politica. El archivo del proyecto de reforma constitucional, cercena el derecho del pueblo de ser consultado en las ánforas como lo reconoce la actual Carta Magna, lo que pone en evidencia nuevamente el carácter antidemocrático y dictatorial de las bancadas parlamentarias de la derecha y extrema derecha política parlamentaria.
En los últimos meses, han surgido múltiples críticas de seudo juristas limeños apoyados por la prensa conservadora capitalina que tienen intereses económicos y políticos, quienes, en diversos informaciones y artículos de opinión, han sostenido que no es posible realizar un referéndum con argumentos inconsistentes sin ningún análisis histórico ni jurídico.
En esta tribuna digital de Arequipa Misti Press, sí consideramos necesario que el pueblo deba ser consultado en las ánforas para conocer su opinión sí está a favor o en contra de una nueva Constitución, cuyos resultados deben ser respetados escrupulosamente. Eso es lo que no quiere la derecha conservadora que no tiene ni patria ni bandera y solo los une su codicia y avaricia económica.
En el fondo, consultarle al soberano, es lo que aterra y desespera a los políticos conservadores, ya que ellos tienen temor que en las ánforas el pueblo se pronuncie a favor de la Asamblea Constituyente y derogue el capítulo económico de la actual Constitución, que es la madre de los actuales privilegios que tiene hoy los grupos económicos y las transnacionales a través de contratos ley, que fueron impuestos en la mayoría de contratos corruptos por los ex gobernantes de turno. El mayor ejemplo de ello fue la mega corrupción del Caso Odebrecht y del Club de la Construcción, cuyos empresarios sobornaron a ex gobernantes para tener las gollerías en los contratos ley en los cuales se escudan para proteger sus intereses económicos, lo debe derogarse a futuro en una reforma constitucional. Hoy abordaremos un tema que no aborda la prensa concentrada ni mucho menos la partidocracia conservadora, referido concretamente a saber, cual es la fuente de poder, de legalidad y legitimidad en un Estado Soberano y una Sociedad Moderna.
¿Qué es el Poder Constituyente?
El Poder Constituyente reside en la nación y le pertenece directamente al pueblo, por lo que ese derecho a ser consultado no puede ser privado ni prescrito por ningún poder del Estado ni organismos constitucionales autónomos. El Poder Constituyente es el derecho de los ciudadanos a ser consultados y no puede estar sometido a ningún poder público, a ninguna autoridad, a ninguna norma, porque el Poder Constituyente es la voluntad popular expresada en las urnas, quienes deben ser consultados si desean o no una nueva Carta Magna.
En términos sencillos, el Poder Constituyente es indelegable, imprescriptible e inalienable, ya que ese poder supremo siempre estará latente, por lo que los Poderes Constituidos (Poderes Públicos) podrán ser modificados por la voluntad del soberano. El Poder Constituyente puede delegar a un grupo de ciudadanos a través de una Congreso Constituyente o Asamblea Constituyente, la que podrá reformar parcial o totalmente la Constitución. En resumen, el Poder Constituyente es la soberanía nacional en sí misma, por lo que es falso que el pueblo sea iletrado, ignorante y sin identidad nacional como sostienen los papagayos de la derecha ultraconservadora que no desean que la nación sea consultada, argumentando que solo el 7% del país en encuestas interesadas desearían una nueva Carta Magna.
Si están seguros y confiados que el pueblo no desea ser consultado en un referéndum nacional porque supuestamente la mayoría no desea una nueva Carta Magna, ¿Cuál es el temor, pánico, miedo, fobia o pavor que tienen al soberano o Poder Constituyente para que la nación se exprese en las ánforas en forma democrática?
¿Qué son los Poderes Constituidos?
Los Poderes Constituidos están establecidos en la Constitución y son el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, más los Organismos Constitucionales Autónomos. Las funciones y atribuciones, estructura y límites de estos poderes públicos, están reconocidos en la Carta Magna lo que deben ser respetados por todos, ya que la Carta Magna es un mandato del pueblo por un determinado tiempo.
Los Poderes Constituidos son distintos y separados y gozan de autonomía e independencia relativa siempre y cuando respeten el marco constitucional vigente. Estos Poderes Constituidos nacieron para evitar el poder absoluto de una sola persona o autoridad como lo fue siglos atrás, cuando los reyes, faraones y monarcas, concentraban todo el poder, lo que se denominó el absolutismo que casi ha desaparecido en el mundo, salvo en los países totalitarios.
Desde el siglo XII en Inglaterra hasta la Revolución Francesa y Americana en el siglo XVIII, los pueblos en el mundo lucharon por el reconocimiento de sus derechos contra gobernantes tiranos y genocidas, lo que generó múltiples revoluciones que tenían como objetivo acabar con el absolutismo, dejando esas luchas cívicas, millones de muertos los que recién en 1948 luego de las horrorosas primera y segunda guerra mundial, fueron reconocidos y dieron nacimiento a la Declaración Universal de Derechos Humanos que fueron aprobados en la Asamblea General de las Naciones Unidas, los que hasta hoy tienen vigencia en el mundo.
Ese avance histórico del Estado de la Naturaleza al Estado Constitucional de Derecho, ha sido reconocido en el mundo y en el derecho universal entre otros, al tener los pueblos el derecho a la libre autodeterminación mediante la soberanía popular, por el cual los pueblos tienen el derecho y el deber de ser consultados cuando hay asuntos de interés nacional o interés público, al que ninguna autoridad ni poder público puede oponerse. Los Estados nacieron también para hacer respetar el principio de la dignidad de las personas con sus derechos y deberes. En resumen, ningún Poder Constituido, está por encima del Poder Constituyente, del pueblo ni del soberano, ya que el Poder supremo está en manos de los ciudadanos de un país y no de los poderes públicos.
¿Qué es la Constitución?
La Constitución tiene múltiples definiciones, pero en termino sencillos, es un acuerdo político, económico y social de un pueblo para autogobernarse y es la madre de todo el ordenamiento jurídico de un Estado, que gobernantes y gobernados debemos respetar escrupulosamente en derechos y deberes en tanto este vigente. Sin embargo, la vigencia de una Constitución no puede ser eterna ni indefinida, ya que las sociedades y los pueblos van evolucionando y aparecen nuevas realidades que necesitan actualizarse en la normatividad para aplicar esos avances históricos, pero también para regular y controlar las nuevas amenazas y riesgos contra la población.
Por lo tanto, un pueblo no puede ser preso de una Constitución por tiempo indefinido, de lo contrario, estaríamos aceptando implícitamente una dictadura constitucional ya que no podemos ser esclavos eternos de una Carta Magna. Por eso, históricamente, los pueblos tarde que temprano pasan por graves crisis políticas, económicas y sociales de sus gobernantes y sociedades, cuya única salida democrática y constitucional para salir de la inestabilidad permanente, es que tienen el derecho a ser consultados a través de referéndum para que el soberano se exprese en las ánforas si desea mantener, reformar o cambiar su Constitución Política.
En caso el pueblo respalde en las ánforas la redacción de una nueva Constitución, deberá elegirse entonces a un Congreso Constituyente o Asamblea Constituyente, cuyos integrantes en nombre del soberano y de nuestra democracia representativa, serán quienes previa deliberación, deberán redactar el nuevo contrato social, político y económico que es la Carta Magna, la misma que también será sometida a referéndum al soberano para consultarle si la aprueba o desaprueba. En síntesis, el Poder Constituyente es el poder supremo que recae en el pueblo y soló él es el que tiene derecho a definir sobre su destino, en tanto que los Poderes Constituidos como son el Ejecutivo, Legislativo y Judicial, son poderes públicos que deben acatar lo que en las ánforas se han pronunciado los ciudadanos, ya que nunca el mandatario o gobernante puede estar por encima del mandante que es el soberano.
Como ejemplo ilustrativo para el caso que abordamos, entre una empresa privada y un Estado, señalaremos lo siguiente. Una empresa siempre tendrá una junta de accionistas o dueños, los que, en su representación, podrán designar directores o gerentes para que manejen sus empresas y las administren bien y logren lucro o rentas que es la finalidad que tiene todo empresario que arriesga sus capitales.
Pero, nunca o jamás, los directores de una empresa o sus gerentes, podrán oponerse a la voluntad de los dueños, porque ellos son los propietarios y los directores o gerentes simplemente son administradores transitorios de una determinada empresa, que los dueños pueden remover en cualquier instante. En el Estado, los dueños del país son sus ciudadanos, y los magistrados judiciales, los congresistas y el presidente y sus ministros que pertenecen a los poderes públicos son gobernantes transitorios que están sometidos a la Constitución y la voluntad de la población y de nadie más o lo que modernamente se denomina, “legitimidad de origen o de ejercicio”.
Por eso, desde esta tribuna, consideramos democrático que el gobierno e incluso la sociedad civil debería volver a presentar otra iniciativa de reforma constitucional para que el pueblo sea consultado en las ánforas si desea o no una nueva Constitución. Si se presenta ese proyecto, el gobierno debería hacer suya esa reforma y presentarla ante el Congreso como cuestión de confianza. Si los otorongos y padrastros de la patria la niegan, el presidente debería insistir por segunda vez ante el parlamento con un nuevo primer ministro, y si la mayoría conservadora y sus aliados la vuelven a negar la segunda cuestión de confianza, el inquilino de palacio de gobierno tendría el camino expedito para disolver el Congreso, cuya potestad le reconoce al Jefe de Estado la actual Constitución Política.
Concluyendo, ningún poder del Estado está por encima del Poder Constituyente que es el soberano. Por eso los mejores tribunos y juristas, siempre han remarcado ese viejo principio aún vigente en el mundo: Vox populi Vox dei. (La Voz del Pueblo es la Voz de Dios).
Hugo Amanque Chaiña – Periodista y Abogado