Entidades públicas deben registrar visitas y agendas de autoridades ordena la PCM

Hugo Amanque Chaiñamarzo 14, 20226min0
Hugo Amanque Chaiñamarzo 14, 20226min0

Left Banner

Left Banner

Entidades públicas deben registrar visitas y agendas de autoridades ordena la PCM

castillo bolivia

Todas las entidades públicas tienen la obligación de contar con un registro de visitas en línea y registro de agendas oficiales actualizados para asegurar la integridad y transparencia en las gestiones de intereses y otras actividades, bajo sanción del funcionario responsable, para lo cual se ha fijado un cronograma a nivel nacional que debe implementarse hasta el 30 de diciembre del 2022. Así lo señala, en resumen, la directiva 001-2022 publicada en el diario oficial y suscrita por Eloy Munive Pariona, Secretario de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros.

La directiva se ampara en la Ley 27444 y el decreto supremo 004-2019-JUS, y otras normas legales, donde señala que, en los portales digitales de las entidades públicas, debe registrarse la fecha de la visita que efectúa una persona, su identificación, motivo de la visita, la identificación del funcionario visitado, cargo que ocupa el funcionario, lugar donde se desarrollará la visita, la hora de ingreso y salida. Para la utilización del Registro de Visitas en Línea las entidades cuentan con dos tipos de usuarios: administrador y operador, utilizando para tal efecto las herramientas de autenticación habilitadas por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros.

La visita se publica en el Registro de Visitas en Línea cuando ha sido validada por el funcionario y/o servidor público visitado o responsable o, en su defecto, por el personal administrativo autorizado para tales efectos. Todas las visitas y actividades deben ser actualizadas en plazo máximo de 72 horas. La directiva señala que Las actividades oficiales son previamente programadas en el Registro de Agendas Oficiales, debiendo consignar la siguiente información: a) Fecha y hora de la actividad oficial; b) Motivo de la actividad oficial; y, c) Lugar en donde se desarrolla la actividad. La programación de las actividades oficiales se efectúa previa coordinación con el titular de la entidad, funcionario de la Alta Dirección involucrado en el evento o, en su defecto, con el personal administrativo autorizado para tales efectos.

El registro de la gestión de intereses se efectúa cuando el funcionario con capacidad de decisión pública o, en su defecto, el personal administrativo autorizado para tales efectos, detalla la sumilla de la gestión de intereses en el Registro de Visitas en Línea o Registro de Agendas Oficiales, según corresponda. Dicho registro se efectúa con posterioridad a la realización del acto de gestión de intereses y debe ser firmado digitalmente por el funcionario con capacidad de decisión.

La máxima autoridad administrativa es responsable de monitorear y supervisar la implementación, ejecución y cumplimiento del Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales, contando para tal efecto con el apoyo de la Oficina de Integridad Institucional o la que haga sus veces. La directiva precisa el calendario de cumplimiento de los registros enumerados, según el siguiente cronograma.

Los ministerios del poder ejecutivo hasta 31 de agosto del 2022, entidades pertenecientes al poder ejecutivo hasta el 31 de diciembre del 2022, los gobiernos regionales hasta el 31 de julio del 2022, los gobiernos locales hasta el 31 de diciembre del 2022 y el poder legislativo, poder judiciales y organismos constitucionales autónomos hasta el 31 de diciembre del 2022.

Los funcionarios y servidores públicos que incurran en el incumplimiento de la presente Directiva, en el marco de los procedimientos administrativos disciplinarios que correspondan, son pasibles de las acciones y sanciones establecidas en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, con amonestación, suspensión y destitución, así como en las normas que regulan las carreras especiales y en las demás normas que resulten aplicables, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar, así como de las acciones y sanciones que recomienden los órganos del Sistema Nacional de Control.

La Secretaría de Gobierno y Transformación Digital y la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros brindará asistencia técnica a las entidades de la administración pública en el funcionamiento y registro de la plataforma de Registro de Visitas en Línea y Registro de Agendas Oficiales, y capacitación sobre la norma, respectivamente.

Hugo Amanque Chaiña


Post Banner

Post Banner