JNE convoca a dos ciudadanos para que asuman cargos de regidores provinciales de Arequipa

Hugo Amanque Chaiñamarzo 12, 20215min0
Hugo Amanque Chaiñamarzo 12, 20215min0

Left Banner

Left Banner

JNE convoca a dos ciudadanos para que asuman cargos de regidores provinciales de Arequipa

el jurado elecciones

El Jurado Nacional de Elecciones mediante la resolución 0314-2021 suscrita por su presidente, Dr. Jorge Salas Arenas y publicada hoy en el diario oficial, declaró infundados los recursos de apelación que interpusieron los ex regidores de la Municipalidad Provincial de Arequipa, Manuel Willy Jano Huallpa y Pedro Santos Quispe Cornejo, confirmando el Acuerdo 92-2020 de la MPA del 31 de agosto del 2020, que declaró improcedente el recurso de reconsideración que formularon en contra del Acuerdo de Concejo N° 003- 2020, del 20 de enero de 2020, que declaró la suspensión de ambos por la causa de sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el numeral 5 del artículo 25 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

La resolución 0314-2021 del Jurado Nacional de Elecciones, deja sin efecto, provisionalmente, las credenciales otorgadas a don Manuel Willy Jano Huallpa y a don Pedro Santos Quispe Cornejo, como regidores del Concejo Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa, en tanto se resuelve su situación jurídica y convocan a doña María Fernanda Villanueva Retamozo, identificada con DNI N° 71405244, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Manuel Willy Jano Huallpa, para lo cual se le otorgará las respectiva credencial que la faculte como tal.

Asimismo, convoca a don Michael Emiliano Arce Ale, identificado con DNI N° 42062673, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Arequipa, departamento de Arequipa, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Pedro Santos Quispe Cornejo, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que lo faculte como tal. El JNE refiere que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE.

El argumento principal del JNE, afirma que está plenamente acreditado que sobre los señores regidores pesa una sentencia judicial emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad, hecho que, además, constituye una causa de suspensión de comprobación netamente objetiva prevista en la ley, por cuanto se trata de una sentencia dictada por un juez competente, en doble instancia, en el marco de un proceso judicial regular y en aplicación de la ley penal pertinente.  La regulación procedimental de la suspensión de autoridades municipales debe ser interpretada atendiendo a la finalidad constitucional y legítima que persigue –esto es, garantizar la continuidad y el normal desarrollo de la gestión municipal–, la cual podría resultar entorpecida por la imposibilidad material de los regidores de ejercer las funciones y competencias propias de su cargo.

La máxima instancia electoral sostiene que se ha acreditado fehacientemente que los citados regidores están incursos en la causa de suspensión, prevista en el numeral 5 del artículo 25 de la LOM por lo que desestiman los recursos de apelación de autos y, en consecuencia, confirman el acuerdo de concejo que declaró la suspensión de ambas autoridades. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la LOM convocan a la candidata no proclamada de la organización política Arequipa Renace, doña María Fernanda Villanueva Retamozo, identificada con DNI N° 71405244, para que asuma, de modo provisional, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Arequipa, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Manuel Willy Jano Huallpa , y convocar al candidato no proclamado de la organización política Arequipa – Unidos por el Gran Cambio, don Michael Emiliano Arce Ale, identificado con DNI N° 42062673, para que asuma, de modo provisional, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Arequipa, en tanto se resuelve la situación jurídica de Pedro Santos Quispe.

Hugo Amanque Chaiña


Post Banner

Post Banner