32 entidades de Arequipa están consideradas en el Plan Nacional de Control 2020 que aprobó el Contralor

Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 7, 20204min0
Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 7, 20204min0

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32 entidades de Arequipa están consideradas en el Plan Nacional de Control 2020 que aprobó el Contralor

contraloria

El Contralor General de la República, Nelson Shack, mediante resolución 201-2020, aprobó los Planes de Control 2020 de 577 Oficinas de Control Institucional de igual número de instituciones públicas, dentro de los cuales se encuentran 32 de las OCI de instituciones estatales de Arequipa, por lo que los órganos de línea y los órganos desconcentrados son responsables del cumplimiento total de las metas establecidas en el Plan Nacional de Control Modificado.

De acuerdo a la Ley Orgánica de Contraloría General de la República 27785, artículo 32 literal c) es facultad del Contralor, dictar las normas y disposiciones especialidades que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y flexibilidad. Las acciones de control es la herramienta central del Sistema por el cual el personal técnico mediante la aplicación de normas, procedimientos y principios que regulan el control gubernamental, efectúa a verificación, evaluación objetiva y sistemática de los actos y resultados producidos por la entidad en la gestión y ejecución de los recursos, bienes y operaciones institucionales las que se ejecutan con sujeción al Plan Nacional de Control aprobados.

Luego de las acciones de control, se emitirán los informes correspondientes los que se formularán para el mejoramiento de la gestión de la entidad, incluyendo el señalamiento de responsabilidades que serán identificados. Los funcionarios públicos que cometan infracciones de responsabilidad administrativa funcional pueden ser sancionados con inhabilitación en el ejercicio de la función pública de 1 a 5 años o suspensión de temporal en el ejercicio de sus funciones sin goce de remuneraciones, no menor de 30 días ni mayor de 360 días calendario, independiente de las responsabilidades civiles y penales que pudieran establecerse oportunamente.

Las Oficinas de Control Institucional de las siguientes entidades de Arequipa están consideradas en el Plan Nacional de Control 2020 y deberán hacer un seguimiento a las acciones que realicen los funcionarios públicos de las siguientes instituciones:

1.- Universidad Nacional de San Agustín

2.- SEDAPAR

3.- Municipalidad Provincial de Arequipa

4.- Municipalidad Provincial de Camaná

5.- Municipalidad Provincial de Caraveli

6.- Municipalidad Provincial de Castilla

7.- Municipalidad Provincial de Caylloma

8.- Municipalidad Provincial de Condesuyos

9.- Municipalidad Provincial de Islay

10.- Municipalidad Provincial de La Unión

11.- Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa

12.- Autoridad Autónoma de Majes

13.- Gerencia Regional de Salud de Arequipa

14.- Gerencia Regional de Educación de Arequipa

15.- Zona Registral N° 12 Sede Arequipa

16.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa

17.- Municipalidad Distrital de Cayma

18.- Municipalidad Distrital de Paucarpata

19.- Municipalidad Distrital de Socabaya

20.- Municipalidad Distrital de Tiabaya

21.- Municipalidad Distrital de Yanahuara

22.- Municipalidad Distrital de Yarabamba

23.- Municipalidad Distrital de Yura

24.- Municipalidad Distrital de Cerro Colorado

25.- Municipalidad Distrital de Mariano Melgar

26.- Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa –EGASA

27.- UGEL Arequipa Sur

28.- Municipalidad Distrital Jacobo Hunter

29.- Municipalidad Distrital de Majes

30.- Sociedad Eléctrica del Sur Oeste –SEAL

31.- Gobierno Regional de Arequipa

32.- Zona Especial de Desarrollo de Matarani

 

Hugo Amanque Chaiña


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