32 entidades de Arequipa están consideradas en el Plan Nacional de Control 2020 que aprobó el Contralor
El Contralor General de la República, Nelson Shack, mediante resolución 201-2020, aprobó los Planes de Control 2020 de 577 Oficinas de Control Institucional de igual número de instituciones públicas, dentro de los cuales se encuentran 32 de las OCI de instituciones estatales de Arequipa, por lo que los órganos de línea y los órganos desconcentrados son responsables del cumplimiento total de las metas establecidas en el Plan Nacional de Control Modificado.
De acuerdo a la Ley Orgánica de Contraloría General de la República 27785, artículo 32 literal c) es facultad del Contralor, dictar las normas y disposiciones especialidades que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y flexibilidad. Las acciones de control es la herramienta central del Sistema por el cual el personal técnico mediante la aplicación de normas, procedimientos y principios que regulan el control gubernamental, efectúa a verificación, evaluación objetiva y sistemática de los actos y resultados producidos por la entidad en la gestión y ejecución de los recursos, bienes y operaciones institucionales las que se ejecutan con sujeción al Plan Nacional de Control aprobados.
Luego de las acciones de control, se emitirán los informes correspondientes los que se formularán para el mejoramiento de la gestión de la entidad, incluyendo el señalamiento de responsabilidades que serán identificados. Los funcionarios públicos que cometan infracciones de responsabilidad administrativa funcional pueden ser sancionados con inhabilitación en el ejercicio de la función pública de 1 a 5 años o suspensión de temporal en el ejercicio de sus funciones sin goce de remuneraciones, no menor de 30 días ni mayor de 360 días calendario, independiente de las responsabilidades civiles y penales que pudieran establecerse oportunamente.
Las Oficinas de Control Institucional de las siguientes entidades de Arequipa están consideradas en el Plan Nacional de Control 2020 y deberán hacer un seguimiento a las acciones que realicen los funcionarios públicos de las siguientes instituciones:
1.- Universidad Nacional de San Agustín
2.- SEDAPAR
3.- Municipalidad Provincial de Arequipa
4.- Municipalidad Provincial de Camaná
5.- Municipalidad Provincial de Caraveli
6.- Municipalidad Provincial de Castilla
7.- Municipalidad Provincial de Caylloma
8.- Municipalidad Provincial de Condesuyos
9.- Municipalidad Provincial de Islay
10.- Municipalidad Provincial de La Unión
11.- Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa
12.- Autoridad Autónoma de Majes
13.- Gerencia Regional de Salud de Arequipa
14.- Gerencia Regional de Educación de Arequipa
15.- Zona Registral N° 12 Sede Arequipa
16.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa
17.- Municipalidad Distrital de Cayma
18.- Municipalidad Distrital de Paucarpata
19.- Municipalidad Distrital de Socabaya
20.- Municipalidad Distrital de Tiabaya
21.- Municipalidad Distrital de Yanahuara
22.- Municipalidad Distrital de Yarabamba
23.- Municipalidad Distrital de Yura
24.- Municipalidad Distrital de Cerro Colorado
25.- Municipalidad Distrital de Mariano Melgar
26.- Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa –EGASA
27.- UGEL Arequipa Sur
28.- Municipalidad Distrital Jacobo Hunter
29.- Municipalidad Distrital de Majes
30.- Sociedad Eléctrica del Sur Oeste –SEAL
31.- Gobierno Regional de Arequipa
32.- Zona Especial de Desarrollo de Matarani