PJ ordena reincorporación de Fiscal Suprema Dra. Delia Espinoza y declara fundada en parte demanda de amparo contra el Congreso

El 26 de mayo la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada en parte la demanda de amparo presentada por ex fiscal de la Nación, Dra. Delia Espinoza Valenzuela, contra el Congreso y ordenó su reincorporación como fiscal suprema titular del Ministerio Público.
El fallo declaró inaplicables para la demandante los efectos de las Resoluciones Legislativas del Congreso 008-2025026-CR y 007-20252026-CR, publicadas el 5 de diciembre de 2025.
El trigésimo noveno fundamento jurídico es uno de los más importantes ya que señala que de la revisión del Informe Final se verifica que se concluyó y recomendó acusar por infracción constitucional y por presunta comisión de delitos vinculados al ejercicio de sus funciones a Juan Carlos Villena Campana, Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Zoraida Avalos Rivera y Delia Milagros Espinoza Valenzuela; sin embargo, en la Resolución Legislativa del Congreso N° 008-2025-2026-CR se aprecia que se resolvió inhabilitar por diez años para el ejercicio de la función pública a la denunciada señora Delia Milagros Espinoza Valenzuela por infracción de los artículos 38, 103, 109, 159 -numerales 1 y 4- y 166 de la Constitución Política del Estado.
Mientras que en la Resolución Legislativa del Congreso N° 007-2025-2026-CR es de verse que se resolvió declarar haber lugar a la formación de causa penal contra la señora Delia Milagros Espinoza Valenzuela, en su condición de fiscal suprema, como presunta autora de los delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y como posible instigadora del delito de usurpación de funciones y delitos tipificados en los artículos 376, 418, 438 y 361 del Código Penal en agravio del Estado; sin que se advierta de ambas una razón, causa o circunstancia del porque solamente respecto a la demandante se tomaron tales decisiones, lo que evidencia una grave incongruencia, afectando el debido proceso parlamentario, en la vertiente vulneración del derecho a la debida motivación.
La demanda de amparo planteada por la Dra. Delia Espinoza solicitó la nulidad e ineficacia de la resolución legislativa que dispuso su inhabilitación por diez años para ejercer función pública. También pidió dejar sin efecto la resolución que declaró haber lugar a la formación de causa penal en su contra por los presuntos delitos de abuso de autoridad, prevaricato, falsedad genérica y posible instigación del delito de usurpación de funciones.
Espinoza sostenía que el procedimiento parlamentario seguido en el marco de la Denuncia Constitucional 528 vulneró el derecho al debido proceso, derecho de defensa, a la motivación de las decisiones, a un procedimiento imparcial y al derecho a la igualdad y no discriminación.
La sentencia emitida refiere que la reincorporación procederá siempre que no exista resolución administrativa, judicial o de otra índole que disponga lo contrario. Asimismo, dejó a salvo la potestad del Congreso para actuar conforme a sus atribuciones constitucionales respecto de los hechos imputados a la demandante, garantizando el respeto de sus derechos fundamentales.




