JNE declaró infundada petición de vacancia contra el alcalde de Socabaya Roberto Muñoz

Hugo Amanque Chaiñamayo 16, 20264min0
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JNE declaró infundada petición de vacancia contra el alcalde de Socabaya Roberto Muñoz

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El Jurado Nacional de Elecciones declaró infundada la petición de vacancia contra el alcalde distrital de Socabaya, Roberto Muñoz, que solicitó el año 2025 la regidora Magaly Agramonte, respecto al acuerdo municipal 063-2025 de la Municipalidad de Socabaya.

No se ha publicado aún los fundamentos jurídicos la Resolución del JNE donde sustenta las razones de la declaratoria de infundada la petición de vacancia, sin embargo, el resultado está publicado en el portal web del máximo organismo de justicia electoral del país, por lo que en los próximos días se conocerán los fundamentos del JNE en el diario oficial.

En la audiencia virtual ante el JNE el 30 de abril del 2026, los abogados de las partes dieron un breve informe oral de cinco minutos, donde sustentaron sus argumentos ante los magistrados electorales.

El abogado del alcalde, Dr. Genaro Uribe, solicitó se declare nulo el acuerdo municipal ya que el alcalde de Socabaya ha violado el art. 63 de la Ley de Municipalidades al contratar con una empresaria con quien tuvo vínculos ya que el 2019 el alcalde fue su representante legal.

El abogado Uribe, mostró fotos a los magistrados electorales donde se observa que el alcalde Muñoz participó en actos de proselitismo electoral en compañía de la empresaria Ceferina Jiménez en favor del alcalde de Socabaya que pretende ser candidato al gobierno regional de Arequipa y utiliza camioneta de propiedad de la empresaria y dueña de Financiera BM Construcción, para hacer pintas políticas.

Uribe, señaló que se efectuaron contratos con la Municipalidad de Socabaya, siendo Muñoz el representante legal de la empresaria hasta el año 2019. En la gestión del alcalde Muñoz el año 2023, se le adjudicó seis obras por 286 mil soles a la empresaria Jiménez y Muñoz refirió que no tenía ninguna relación con Jiménez, pero las fotografías demostraban lo contrario. Por tanto, el abogado de la regidora Agramonte, remarcó que se incurrió en la transgresión del art. 22 y 63 de la Ley de Municipalidades y solicitó al JNE que el alcalde Muñoz, debe ser vacado de su cargo y declarar fundada la petición de vacancia.

Posteriormente, intervino el abogado, Dr. Mendoza Yana, en representación del alcalde Muñoz, quien pidió se declare improcedente e infundada la petición de vacancia, ya que el acuerdo municipal 026-2024 no tiene que ver nada con el alcalde Muñoz, sino con la vacancia de la regidora de Socabaya, Magaly Agramonte.

El Dr. Mendoza, sostuvo que la petición de vacancia debió fundamentarse en el acuerdo municipal 063-2025 y no en el acuerdo municipal 026-2024. El abogado de Muñoz reconoció que hubo contratos con la empresaria lo que no es ilegal, ya que la prohibición legal es para el alcalde de Socabaya, puntualizando que según la ley de contrataciones estatales en cada entidad estatal hay un órgano de contrataciones, comités de selección y unidades de abastecimiento y logística, donde no interviene el alcalde, por tanto, no puede redactar contratos.

Refirió entonces que quien efectuó la contratación con la Municipalidad de Socabaya fue la empresa jurídica denominada Financiera BM Construcciones y no la ciudadana Ceferina Jiménez, donde tampoco intervino el alcalde de Socabaya, por lo que solicitó al JNE declare infundada la petición de vacancia contra Roberto Muñoz.

Hugo Amanque Chaiña


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