Congresista Martínez presentó denuncia constitucional contra presidente del JNE ante Subcomisión de Acusaciones Constitucionales

El 13 de abril el congresista, Edwin Martínez, presentó una denuncia constitucional contra el presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Roberto Burneo, por presunta infracción a los artículos 31°, 142°, 176° y 178° de la Constitución Política del Perú, cometida con ocasión de las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026.
Martínez solicita se disponga el inicio del procedimiento de acusación constitucional, notificando la denuncia al señor Roberto Rolando Burneo Bermejo para que formule su descargo. Realizar la investigación correspondiente y al concluir la investigación, emitir INFORME FINAL RECOMENDANDO LA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL contra el denunciado ante la Comisión Permanente del Congreso de la República, para que ésta, de ser el caso, designe Subcomisión Acusadora que sustente la acusación en el Pleno.
Martínez, refiere que, como consecuencia de la acusación constitucional, solicita que el Pleno del Congreso, al amparo del artículo 100° de la Constitución Política del Perú, imponga al denunciado las sanciones de destitución del cargo de Vocal Supremo Titular de la Corte Suprema de Justicia, y en consecuencia, del ejercicio de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones; y la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por plazo de 10 años.
El congresista entre sus argumentos ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, afirma que 12 de abril de 2026, cincuenta y dos mil ciudadanos peruanos encontraron las puertas cerradas en locales en la ciudad de Lima. No hubo urnas. No hubo mesas. No hubo Estado. El organismo presidido por el denunciado estaba creado constitucionalmente para que eso no ocurriera.
El señor Burneo Bermejo prometió 50,000 fiscalizadores. No verificó que los camiones salieran de los almacenes. Ignoró las advertencias de la Contraloría. Aceptó que 52,000 ciudadanos se quedaran sin votar. Aceptó postergar la votación a un lunes sin cuestionar la constitucionalidad de esa decisión. Y salió a pedir disculpas «como sistema» y a anunciar sanciones contra los mismos contratistas que él debió haber fiscalizado.
Eso no es un error. Eso es una infracción constitucional grave de los artículos 31°, 142°, 176° y 178° de la Constitución, que exige la más severa de las consecuencias que el ordenamiento prevé: la destitución del cargo y la inhabilitación para el ejercicio de la función pública por diez años. La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales no es un organismo decorativo. Es la primera línea de la defensa institucional del Estado de Derecho. Esta es su hora. Porque en el Perú, el derecho a elegir no se excusa con disculpas institucionales. Se garantiza. Y quien no lo garantiza debe responder. Por todo lo expuesto, solicito dar trámite urgente a la denuncia conforme a derecho contra el presidente del JNE, Roberto Burneo.
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