Mal manejo de bienes del almacén del gobierno regional detectó Contraloría en periodo de lluvias de Arequipa

Hugo Amanque Chaiñamarzo 11, 20262min0
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Mal manejo de bienes del almacén del gobierno regional detectó Contraloría en periodo de lluvias de Arequipa

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Tres son las irregularidades detectadas por el órgano de control institucional del gobierno regional de Arequipa en el informe de visita de control 009-2026 denominado “Estado situacional del almacén regional de bienes de ayuda humanitaria del gobierno regional de Arequipa” del 09 de marzo del 2026.

La primera irregularidad son las inadecuadas condiciones de infraestructura del almacén la disposición y conservaciones de bienes de ayuda humanitaria, así como ausencia de medidas de seguridad podría generar el deterioro de los bienes almacenados, poner en riesgo la integridad de los ocupantes y afectar la atención oportuna a la población ante situaciones de emergencia y desastres.

La segunda irregularidad detectada es la inexistencia de un ambiente exclusivo para el almacenamiento de alimentos de ayuda humanitaria pone en riesgo la capacidad de respuesta de la entidad ante emergencias y desastres y además impide asegurar la cadena de custodia y conservación de alimentos, generando el riesgo del deterioro y pérdida de dichos bienes, así como la oportuna atención de la población damnificada.

La tercera irregularidad es la ausencia de tarjetas de control visible de almacén en zonas de almacenaje e inconsistencias y omisiones en la documentación que sustenta el stock y movimientos (entradas, salidas y saldos) de los bienes de ayuda humanitaria almacenados, afectan su trazabilidad y control, así como su confiabilidad, lo que genera a su vez riesgo, en su adecuada utilización y la posible perdida o uso indebido de bienes.

El informe señala que el gobierno regional de Arequipa ha incumplido la Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo del 2011, Reglamentos, Normas Técnicas, Directivas, etc. El informe emitido el 09 de marzo y dirigido al gobernador Sánchez, le da plazo de cinco días para que comunique al órgano de control institucional las acciones preventivas o correctivas por adoptar respecto a las situaciones adversas detectadas en el informe emitido.

Hugo Amanque Chaiña


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