Rospigliosi propone ley de impunidad y pretende eximir de responsabilidad penal a militares y policías que defiendan patrimonio público y su vida

Hugo Amanque Chaiñaoctubre 31, 20253min0
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Rospigliosi propone ley de impunidad y pretende eximir de responsabilidad penal a militares y policías que defiendan patrimonio público y su vida

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El congresista Fernando Rospigliosi de Fuerza Popular presentó el proyecto de ley que pretende darle impunidad a los uniformados que contraviene la Constitución y la Convención Americana de Derechos Humanos y sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,

El proyecto de Rospigliosi, tiene por objeto eximir de responsabilidad penal a los miembros de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas por las acciones derivadas del cumplimiento de su función constitucional de defender los bienes jurídicos del Estado y de la ciudadanía, así como la vida e integridad física propia o de terceros.

La propuesta legislativa propone modificar el art. 20 del Código Penal en el inciso 11 con el siguiente texto: “El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su función constitucional, defendiendo los activos críticos nacionales, los locales del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Policía Nacional del Perú, de las Fuerzas Armadas, así como otros locales de entidades públicas o bienes jurídicos del Estado o de privados, así como la vida e integridad física propia o de terceros, y en uso de sus armas u otro medio de defensa, en forma reglamentaria, cause lesiones o muerte”.

Asimismo, se plantea el art. 92 del Código Penal con el siguiente texto: “La reparación civil se determina conjuntamente con la pena y es un derecho que solo corresponde a la víctima del delito, que debe efectivizarse durante el tiempo que dure la condena. El juez garantiza su cumplimiento. No corresponde pago de reparación civil a quien está exento de responsabilidad penal conforme a los numerales 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 11 del artículo 20.”

Rospigliosi en el proyecto de ley en la disposición complementaria transitoria, propone lo siguiente: “La presente Ley es aplicable a los miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) y de las Fuerzas Armadas (FFAA) que hayan sido denunciados, investigados, procesados o condenados penalmente por hechos derivados o vinculados a su intervención en acciones de defensa de los activos críticos nacionales, de los locales del Poder Judicial, del Ministerio Público, de otras entidades públicas, de bienes jurídicos del Estado o de propiedad privada, así como de la vida e integridad física propia o de terceros, en el contexto de los actos de violencia registrados durante las marchas y protestas ocurridas en los años 2022 y 2023”.

Foto Caretas

Hugo Amanque Chaiña


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