GRA inició procedimiento disciplinario contra ex gerente regional de Desarrollo Social Elvira Huayllasi

El 14 de julio del 2026 el gerente general regional, Ing. Juan Blanco, mediante Resolución 498-2026, inició el Procedimiento Administrativo Disciplinario en contra de Elvira Leonor Huayllasi Montes, quien se desempeñaba como Gerente Regional de Desarrollo e Inclusión Social, al momento de ocurrido los hechos, al haber incurrido presuntamente en falta de caracter disciplinario tipificada en el literal q) del artículo 85 de la Ley N. 30057 Ley del Servicio Civil; a quien le correspondería la sanción de suspensión sin goce de remuneraciones entre 01 a 365 dias todo ello conforme a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
A la funcionaría regional se le atribuye presuntamente la responsabilidad administrativa disciplinaria a la servidora Elvira Leonor Huayllasi Montes quien habria incurrido en la presunta falta administrativa disciplinaria tipificada en el literal q) del artículo 85 de la Ley N° 30057, por la presunta vulneración del artículo 154.1 del Texto Único Ordenado de la Ley N.» 27444, el cual establece que: EI incumplimiento injustificado de los plazos previstos para las actuaciones de las entidades genera responsabilidad disciplinaria para la autoridad obligada.
Ello, por cuanto, durante el periodo en que ejerció el cargo de Gerente Regional de Desarrollo e lnclusión Social, comprendido entre el 27 de marzo y el 03 de mayo de 2023, y considerando que dicha Gerencia el area usuaria de las contrataciones efectuadas para la elaboración del expediente técnico del proyecto «Creación del Centro de Atención Residencial para el Adulto Mayor, distrito de José Maria Quimper, provincia de Caman, departamento de Arequipa», con CUI N° 2508285, le correspondía impulsar el trámite administrativo para el levantamiento de las observaciones contenidas en el Informe N.° 001-2023-GRA/GRSLP/EVAL-AHQG.
Sin embargo, luego de que la derivación efectuada mediante Memorando N. 220-2023-GRA/GRDIS fuera rechazada por la Subgerencia de Estudios y Proyectos y el expediente retomara a la Gerencia Regional de Desarrollo e lnclusión Social el 19 de abril de 2023, omitió realizar nuevas actuaciones administrativas orientadas a gestionar el levantamiento de dichas observaciones, pese a que el expediente permanecía bajo responsabilidad de la Gerencia a su cargo.
En consecuencia, incumplió con el numeral 2 del artículo 143 del TUO de la Ley N.° 27444, que establece un plazo máximo de tres dias para los actos de mero trámite y haber omitido injustificadamente realizar dichas actuaciones desde el 19 de abril de 2023 hasta el término de su gestión el 03 de mayo de 2023.
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