Jueza concede medida cautelar, dispone que Comité Electoral UNSA admita provisionalmente postulación de Luis Alfaro y reestructure el calendario electoral

La Jueza Maria Bellido del Primer Juzgado Constitucional de Arequipa, mediante Resolución 01 del 26 de junio, admitió la medida cautelar solicitada por el abogado, Eloy Vera en representación del candidato a vicerrector de investigación, Luis Alfaro Casas, disponiendo que el Comité Electoral emita nueva resolución en plazo de dos dias interpretando los principios del procedimiento administrativo y el reglamento electoral, valore los documentos presentados por Vamos Todos UNSA en la etapa de subsanación y el cumplimiento de la acreditación del requisito de estudios presenciales del doctorado y admita provisionalmente la candidatura y su participación en la lista de Luis Alfaro.
La jueza dispone asimismo que el Comité Electoral en plazo de dos dias, cumpla con reestructurar el calendario electoral a efecto de reponer a Vamos Todos UNSA en las etapas correspondientes del referido proceso electoral y a la misma vez requerir al Comité Electoral que presente al tercer día un informe documentado sobre el cumplimiento de la medida cautelar.
La magistrada señala que conforme al art. 638 del Código Procesal Civil, por el mérito de la recepción de la medida cautelar, el funcionario o autoridad queda obligado a su ejecucion inmediata, exacta e incondicional. Dispone asimismo como órgano de auxilio judicial al Comité Electoral Universitario a través de su Presidente debiendo ejecutarse la medida cautelar en plazo de tres dias bajo apercibimiento de multa equivalente a cinco unidades de referencia procesal y hacerse de conocimiento al Ministerio Publico para la apertura de acciones correspondientes.
Antecedentes del caso
Fue el 09 de junio cuando el Dr. Luis Alfaro Casas, candidato a vicerrector de investigación en la Lista “Vamos todos UNSA”, presentó ante el Juzgado Constitucional de Arequipa una demanda de amparo y medida cautelar contra el presidente del Comité Electoral y el Rector de la UNSA.
En su pretensión principal, Alfaro Casas solicita al juez se dicte medida cautelar a fin de que suspenda el acto violatorio consistente en la ejecución del cronograma electoral del Reglamento de Elecciones para Rector y Vicerrectores para el periodo 2026-2031 de la UNSA y se declare la inaplicabilidad provisional del literal c) del art. 14 y el numeral 4 del literal f) del art. 19 del Reglamento de Elecciones del 18 de mayo respecto de la existencia constancias o certificados de estudios de doctorado presenciales sin considerar el plazo obtención, diferenciado entre universidades nacionales y extranjeras y consecuentemente, se suspenda provisionalmente los efectos de las resoluciones cuya nulidad se han solicitado en la demanda y se disponga la inscripción provisional de la Lista denominada “Vamos todos UNSA” en el proceso electoral para la elección de Rector y Vicerrectores para el periodo 2026-2031.
El demandante afirma que la concesión de la medida cautelar solicitada es imprescindible para garantizar el respeto y la vigencia de los derechos a la igualdad ante la Ley (numeral 2 del art. 2 de la Constitución Política referido a la participación política en forma asociada en la vida política de la Nación (numeral 17 del art. 2 de la Constitución Política) y del derecho de ser elegidos (art. 31 de la Constitución Política.
Alfaro Casas, afirma que, en su caso del grado de Doctor obtenido en el extranjero, era suficiente su revalidación o reconocimiento conforme a Ley y que en el caso de su persona su grado de Doctor fue obtenido en la Universidad Federal de Santa Catarina de Brasil en 1999 que fue reconocido mediante Resolución 1854-2003-ANR el 26 de noviembre del 2003 por la Asamblea Nacional de Rectores (hoy SUNEDU).
Agrega que el Comité Electoral pretende desconocer su grado académico de Doctor, dado que además su acreditación se sustenta en un marco legal diferente vigente del año 1999, siendo su grado de Doctor obtenido y alcanzado con anterioridad a la vigencia de la Ley Universitaria 30220 publicado en el año 2014.
En tal sentido, sostiene que debe declararse inaplicable provisionalmente el literal c) del art. 14 y el numeral 4 del literal f) del art. 19 del Reglamento de Elecciones para Rector y Vicerrectores para el periodo 2026-2031 aprobado mediante Resolución del Consejo Universitario 242-2026 del 18 de mayo del 2026 por atentar contra su derecho a la igualdad ante la Ley y el derecho a ser elegido, ello respecto de la exigencia de constancia o certificados de estudios de doctorado presenciales sin considerar el plazo de obtención diferenciado entre universidades nacionales y extranjeras, dado que dichas normas reglamentarias atentan contra el bloque de constitucionalidad y los derechos fundamentales que la Constitución reconoce a las personas.
La Lista “Vamos Todos UNSA” postula como candidato a rector al Dr. Jorge Paredes Rondón y como candidato al vicerrectorado de investigación al Dr. Luis Alfaro Casas, mientras que como candidato a vicerrector académico el Dr. Enrique Jaramillo Saavedra.




