Juez concedió medida cautelar a favor de candidato Victor Rendón y dispone suspender jornada electoral en la UNSA

Hugo Amanque Chaiñajulio 2, 20268min0
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Juez concedió medida cautelar a favor de candidato Victor Rendón y dispone suspender jornada electoral en la UNSA

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El juez del Segundo Juzgado Constitucional de Arequipa, Dr. Jorge Linares Cuadros, el 02 de julio del 2026, mediante Resolución 01-2026, resolvió conceder medida cautelar innovativa solicitada por Hernán Marquina Avellaneda y dispuso de manera provisional el cese del acto vulnerador, debiendo suspenderse la jornada electoral  de la primera vuelta programada para el 03 de julio así como las etapas siguientes del proceso de elección del rector y vicerrectores de la UNSA para el periodo 2026-2031 hasta que se cumpla con tener por subsanada la observación efectuada a la Lista Integración Agustina sobre la acreditación del grado académico de doctor del candidato, Victor Rendon Davila, debiendo emitirse una resolución sustitutoria de la Resolución 69-2026 del veintinueve de mayo del 2026 conforme  a las pautas explicadas en esta resolución.

El juez designa como órgano de auxilio judicial al presidente del Comité Electoral de la UNSA, Dr. Julio Lopez, y al rector, Dr. Hugo Rojas y al personal que tuviera en su poder la atribución de suspender la jornada electoral de la primera vuelta del proceso de elecciones de rector y vicerrectores, para que el mismo acto en el que fueran notificados con la presente, cumplan con ejecutar en todos sus extremos la presente medida cautelar bajo responsabilidad.

Asimismo, deben informar al segundo día sobre dicha ejecución en sus propios términos, teniendo presente que la omisión de informar a este Juzgado será interpretada como inejecución de la medida y dará lugar a que se dicten apercibimientos correspondientes.

ANTECEDENTES DEL CASO

El viernes 05 de junio, el abogado, Herman Marquina en su condición de personero del candidato al rectorado de la UNSA, Ing. Victor Rendón, presentó ante el Juzgado Constitucional una demanda constitucional de amparo y una medida cautelar.

Marquina afirma que el Comité Electoral ha violado los derechos de participación política y el derecho a ser elegido, al debido proceso y la debida motivación de las resoluciones administrativas y solicita que el juez declare la nulidad de la resolución 68-2026-CEU del 29 de mayo 2026, emitida por el Comité Electoral que declaró la improcedencia de la inscripción de la Lista “Integración Agustina”.

La pretensión accesoria al juez solicita se ordene al Comité Electoral se tenga por subsanada la observación respecto a presentación de copia de Diploma de Doctor del postulante a Rector del Dr. Victor Rendón Davila, en aplicación del principio de jerarquía normativa y se disponga la inscripción de la lista Integración Agustina, a fin que se permita participar en el proceso electoral universitario en la UNSA,

Entre los fundamentos de hecho, afirma que el Comité Electoral observó la inscripción de la Lista exigiendo la presentación física certificada o fedateada del diploma del grado de Doctor del candidato a Rector, Dr. Victor Rendón, invocando el art. 13 y 19 del Reglamento de Elecciones, respecto a la presentación de copia legalizada o fedateada del diploma de grado académico  de doctor, a pesar que dicha exigencia no se encuentra prevista en normas de rango superior como la Ley Universitaria 30220 en su art. 61 y Estatuto de la UNSA en su art. 153 sobre requisitos para ser elegido rector.

Dicho artículo expresamente establece el requisito de tener el grado académico de Doctor, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales por lo que el Comité Electoral no puede establecer otras exigencias que van en contra de la ley y norma estatutaria que además, vulneran derechos fundamentales a participación política.

La demanda señala que, dentro del plazo de subsanación, se acreditó que el Dr. Victor Rendon ostenta el grado académico de Doctor, otorgado por la Universidad Politécnica de Catalunya del Reino de España, debidamente inscrito y reconocido por la SUNEDU que fue reconocido por el Comité Electoral que Rendón tenía el grado de Doctor, pero se insistió en la presentación del documento físico del diploma.

En tal sentido, el personero de la Lista, afirma que se restringe el derecho de participación de los integrantes de la Lista, se vulnera el debido proceso y la debida motivación de las resoluciones. Entre los fundamentos de derecho, el personero de la Lista afirma que el Comité Electoral ha vulnerado el principio de la jerarquía normativa y legalidad, específicamente la Ley Universitaria en su art. 61, y el Estatuto de la UNSA en el art. 153, la Resolución 0242-2026 del Consejo Universitario que aprobó el Reglamento de Elecciones cuyo art. 13 fue dictado en contravención a las normas con rango de ley y Estatuto que restringen el derecho de participación en el proceso electoral.

Se afecta asimismo el derecho a participar en la vida política reconocido en la Constitución, hay defectos de motivación ya que la Resolución del Comité Electoral incurre en motivación aparente y defectuosa vulnerando el art.139.5 de la Constitución y el art. 6 de la Ley 27444.  Agrega que se ha vulnerado el debido proceso relacionado a los principios y reglas por lo que la Resolución del Comité Electoral 68-2026 es contraria a la razonabilidad y proporcionalidad pues impone exigencias no previstas en la Ley y Estatuto que son irrazonables e imposibles.

El candidato Rendón, presentó tambien medida cautelar de suspensión del acto violatorio conforme lo previsto en el art. 18 del Código Procesal Constitucional que estipula que se “puede conceder medidas cautelare y de suspensión del acto violatorio en los procesos de amparo, habeas data y de cumplimiento”.

El Ingeniero Civil, Victor Rendón Dávila, es el candidato de la Lista Integración Agustina, es Doctor en Ingeniería Civil de la Universidad Politécnica de Catalunya Barcelona de España y Máster en Ingeniería Civil de la Universidad Politécnica de Catalunya en la Especialidad Ingeniería del Agua y Medio ambiente y Sostenibilidad, así como tambien Máster en Hidrología General y Aplicada, y ex Decano del Colegio de Ingenieros de Arequipa. La candidata al vicerrectorado académico es la Dra. Doctora en Ciencias, especialidad Comunicación y Desarrollo, Karola Lara Manchego y candidato a vicerrector de investigación está el candidato, Dr. Juan Luis Aquino Puma.

 

 

Hugo Amanque Chaiña


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