JNE el miércoles 25 analizará apelación del alcalde de Caylloma a quien Jurado de Arequipa multó con 30 UITs.

El miércoles 25 de febrero del 2026 el Jurado Nacional de Elecciones desde las 10 horas en audiencia virtual escuchará los argumentos de hecho y de derecho que expondrá el abogado del alcalde provincial de Caylloma, Alfonso Mamani, a quien el organismo electoral concedió apelación tramitada por la autoridad municipal.
La resolución emitida por el organismo electoral refiere que el martes 15 de febrero del 2026 el Jurado Nacional de Elecciones mediante Resolución 00123-2026, concedió el recurso de apelación interpuesto por Alfonso Mamani Quispe, en su condición de alcalde de la Municipalidad Provincial de Caylloma, contra la Resolución N° 00104-2026-JEECAYL/JNE, de fecha 09 de febrero de 2026, emitida en el expediente EG.2026010691, que ha resuelto declarar improcedente la solicitud de suspensión de la etapa de ejecución de sanción dispuesta mediante la Resolución N° 00014-2026-JEECAYL/JNE -presentado por el recurrente.
El recurso de apelación, presentado por don Alfonso Mamani Quispe, menciona que, la Resolución N.°00014-2026-JEE-CAYLLOMA, no se trata de un acto administrativo que pone fin a un procedimiento, sino es un acto administrativo a través del cual, entre otros, se comunica la fecha de audiencia pública para la lectura de la resolución de determinación de sanción que como se tiene de autos ha quedado firme; en tanto, la Resolución N.° 00098-2025-JEECAYL/JNE del 10 de diciembre de 2025 declaró consentida la Resolución N.° 00078-2025- JEE-CAYL/JNE del 1 de diciembre de 2025 (determino sanción de amonestación pública y multa de 30 U.I.T.); mientras que, la expedición de la Resolución N.° 00014-2026-JEECAYL/JNE del 08 de enero de 2026 implicó únicamente el requerimiento del pago de la multa, publicación de la síntesis de la determinación de sanción y la realización de audiencia pública de lectura de sanción.




