Ante ilicitos en administración de Cerro July gobernador Sánchez aprobó aprobó directiva que regula futuros contratos de arrendamiento

Hugo Amanque Chaiñafebrero 13, 20269min0
Hugo Amanque Chaiñafebrero 13, 20269min0

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Ante ilicitos en administración de Cerro July gobernador Sánchez aprobó aprobó directiva que regula futuros contratos de arrendamiento

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Mediante Resolución Ejecutiva Regional 068-2026 del 11 de febrero del 2026, el gobernador regional, Rohel Sánchez, aprobó la Directiva 002-2026 que regula el contrato de arrendamiento del Centro Ferial de Cerro July, acordada en sesión de gerentes del gobierno regional de Arequipa el 30 de diciembre del 2025.

La directiva es publicada en el portal web del GRA, luego que el consejero regional, César Huamantuma, confirmó a la prensa días atrás que en la gestión de Sánchez en marzo del año 2025 se suscribió un convenio entre el MIDAGRI y la CCIA que permitió irregularmente que el Campo Ferial de Cerro July sea utilizado por un empresario privado que realizó diversas actividades en la Feria de Arequipa en agosto 2025 que generó utilidades evidenciando el mal manejo de ese recinto estatal, lo que es investigado por el Ministerio Público.

La Directiva 002-2026, tiene nueve artículos y varias disposiciones y tiene por objeto regular y uniformizar los procedimientos administrativos para el arrendamiento del Centro Ferial Cerro Juli que es de propiedad y se encuentra bajo la administración del Gobierno Regional de Arequipa.

La responsabilidad recae en el jefe de la Oficina Regional de Administración, es responsable de suscribir los contratos de arrendamiento del Centro Ferial Cerro Juli, la Oficina Regional de Administración es responsable de dirigir y coordinar las actuaciones administrativas relacionado al procedimiento de arrendamiento, el cual involucra los trámites desde la atención de las solicitudes de arrendamiento hasta la atención de las solicitudes de devoluciones de garantías.

Asimismo, la Oficina de Gestión Patrimonial es responsable de hacer cumplir el contrato de arrendamiento, desde el ingreso del arrendatario al Centro Ferial Cerro Juli para la ejecución del evento o el inicio del montaje hasta la entrega formal del mismo, realizando las gestiones administrativas que correspondan. La Oficina de Contabilidad es responsable de atender las consultas realizadas por la Oficina Regional de Administración sobre las personas naturales y/o jurídicas que mantienen deuda con la entidad, validar el ingreso del pago por concepto de garantía a cargo de arrendatarios y realizar las cobranzas de la pre – liquidación y liquidación final de contratos de arrendamiento. La Oficina de Logística es responsable de emitir opinión técnica respecto a características técnicas de la póliza de seguros que deberá presentar el arrendatario y su posterior validación. Asimismo, es responsable de determinar el cálculo para la reparación o reposición de los bienes afectados de propiedad de la entidad con ocasión del desarrollo del evento cuando sea requerido.

Entre las disposiciones generales de la directiva, se señala que el Gobierno Regional de Arequipa, está facultado para suscribir contratos de arrendamiento del Centro Ferial Cerro Juli o de un sector o sectores del mismo, previo cumplimiento del procedimiento establecido en la presente Directiva. Se encuentra prohibido celebrar contratos de arrendamiento del Centro Ferial Cerro Juli con solicitantes que mantengan deudas vencidas con la entidad o que se encuentren inmersos dentro de Io estipulado en los artículos 1366, 1367 y 1368 del Código Civil. Se encuentra prohibido celebrar contratos de arrendamiento para realizar actividades de proselitismo político o de naturaleza similar. De Io contrario, podrá acarrear la resolución automática del contrato y la aplicación de la penalidad correspondiente prevista en la presente Directiva.

Los contratos de arrendamiento de ejecución continua suscritos para la realización de eventos, tienen una vigencia máxima de hasta sesenta días calendarios. Adicionalmente, se pueden suscribir contratos de arrendamiento para la ejecución de actividades periódicas de hasta un año.

La Oficina de Gestión Patrimonial podrá realizar, de manera aleatoria, visitas inopinadas de control y supervisión a los predios otorgados en arrendamiento, a fin de dirigir y coordinar las actividades propias de comercialización, brindando las asesorías en materia comercial que pudieran surgir durante el desarrollo de los eventos. Los predios otorgados en arrendamiento deben contar con la inspección técnica de seguridad en edificaciones aprobada o el certificado emitido por la Municipalidad pertinente en el marco de la normativa vigente.

Comentario del tema

El Ministerio Público, la Procuraduría Anticorrupción y la Contraloría, investigan este tema que, en las próximas semanas, señalarán con nombre propio, quienes fueron los funcionarios responsables directos e indirectos del mal manejo del Campo Feria de Cerro July que han permitido que una empresa privada haya lucrado con un predio estatal, ante la incapacidad e incompetencia del ejecutivo y legislativo regional.

Remarcamos esto último, ya que no era un secreto de Estado, que Cerro July fue mal manejado hace treinta años y los concesionarios no pagaron al GRA los compromisos económicos que se comprometieron. Eso lo sabía desde el 2023 cuando inició su gestión el gobernador Sánchez, pero también lo conocían los catorce consejeros del Consejo Regional.

Pero poco o nada hicieron el ejecutivo regional para cautelar Cerro July. El 2025, Sánchez, emitió una resolución ejecutiva regional que creó el Fondo de Desarrollo Regional conformado por cinco representantes, dos del GRA como son los gerentes de Agricultura y Ciencia y Tecnología, más representantes de la CCIA, Juntas de Usuarios y SADA. Un directorio mayoritariamente privado que no se justificaba, donde debería tener mayoría estatal y debió incluirse a un representante del CONREDE y otro representante de las Universidades Locales, lo que no se hizo.

Ante esta resolución de Sánchez el 2025, los consejeros novatos no reaccionaron ni cuestionaron la norma emitida por el gobernador, ni siquiera pidieron que concurra al legislativo el gerente general para que explique los alcances del fondo de desarrollo regional. Los consejeros, debieron haber proyectado un proyecto de ley y presentarlo al Congreso para que Cerro July, pase definitivamente al GRA y no esperar la voluntad del MIDAGRI hasta el año 2025 para ser transferido dicho predio a la administración regional y debieron haber solicitado el apoyo de los seis congresistas por Arequipa para convertirlo en Ley, pero no hicieron nada ello y seguían cobrando sus dietas mensualmente.

Los consejeros, debieron haber proyectado y aprobado una ordenanza regional que regule el funcionamiento del Centro Ferial de Cerro July, pero tampoco lo hicieron y ahora algunos de ellos lloran como Magdalenas, el mal uso de dicho campo ferial. Este caso concreto, pone en evidencia que no tenemos autoridades regionales que cautelen los intereses de Estado, sea por negligencia, incapacidad o inexperiencia, ya que la mayoría de ellos no tienen experiencia en gestión pública ni tienen asesoramiento y defraudan a la población, pero evidencian que no fiscalizan ni emiten normas regionales oportunamente para proteger predios estatales de Arequipa.

Hugo Amanque Chaiña – Periodista y Abogado

Foto Andina

Hugo Amanque Chaiña


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