Jurado Electoral declara que regidor Edwin Tito de Mariano Melgar violó neutralidad electoral y remite caso al Ministerio Público

El Jurado Electoral de Arequipa, mediante Resolución 00070-2026, declaró que, Edwin Rolando Tito Orozco, en su condición de Regidor de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, provincia y departamento de Arequipa, ha incurrido en la infracción del Reglamento sobre propaganda, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado mediante Resolución N° 0112-2025-JNE; en consecuencia, ordenaron la remisión de los actuados al Ministerio Público, a la Contraloría General de la República y a la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, para que actúen conforme a sus atribuciones, por las razones expuestas en la parte considerativa, una vez quede consentida y/o ejecutoriada.
El informe de fiscalización del Jurado, se hace referencia a cuatro publicaciones efectuadas el 12 de mayo de 2025, en la plataforma digital Facebook de Edwin Rolando Tito Orozco; en el evento que tiene como título “¡Feliz Día de la Madre a nuestras queridas mamitas de Mariano Melgar!”, en las que se observan al regidor don Edwin Rolando Tito Orozco participando en lo que parece ser un ‘pasacalle’ o “caravana política”, en las imágenes se le ve posando junto a un banner que lleva su nombre/apodo (‘Tito’) con una tipografía que coinciden con los símbolos y colores de la organización política “Partido Democrático Somos Perú”.
De las imágenes presentadas y del informe de fiscalización se puede observar que Edwin Rolando Tito Orozco, realiza el «símbolo del corazón» con ambas manos, al ser una autoridad en ejercicio, el uso de este símbolo en un evento público constituye una forma de promoción de una organización política; por lo tanto, el hecho de difundir estas acciones en sus redes sociales, identificándose como autoridad de Mariano Melgar, refuerza la vulneración a la neutralidad al usar su imagen pública para fines electorales, asimismo al realizar el gesto del corazón y posar con propaganda de campaña durante esta jornada, el regidor está usando su investidura para beneficio político directo.
Estos hechos se encuentran prohibido al encontrarnos en el marco de un proceso electoral denominado elecciones generales 2026, que ya fue convocado; por lo que, analizada la infracción atribuida al citado regidor que ostenta un cargo de elección popular, y que sus actos han sido beneficiosos para dicha organización política se configura el supuesto de hacer propaganda a favor o campaña en contra de alguna Organización Política o candidato, hecho que quebranta el principio de neutralidad.
Por lo cual, se concluye que el Regidor de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, Edwin Rolando Tito Orozco, ha realizado propaganda a favor de la Organización Política “Partido Democrático Somos Perú”, conforme al informe de fiscalización, a los registros fotográficos y acta de fiscalización; consecuentemente, corresponde declarar que sí se ha incurrido en la infracción señalada en el sub numeral 32.1.2 y 32.1.5 del numeral 32.1 del artículo 32 del Reglamento; en tal sentido, corresponde disponer la remisión de los actuados al Ministerio Público, a la Contraloría General de la República y a la entidad estatal en la que presta servicios el funcionario o servidor público, para que actúen conforme a sus atribuciones.




