Proponen que el Estado transfiera bienes estatales en posesión a los Colegios Profesionales

El congresista Edgar Tello el 01 de agosto del 2025 presentó el proyecto de ley que tiene por objeto autorizar la transferencia de dominio a título oneroso de los bienes inmuebles de propiedad estatal que se encuentren en posesión de los colegios profesionales, conforme a los artículos 20° de la Constitución Política del Perú y 76° del Código Civil.
La finalidad de la propuesta legislativa es garantizar la seguridad jurídica a los colegios profesionales del país respecto de los bienes inmuebles estatales que ocupan para el cumplimiento de sus fines institucionales, promoviendo su formalización como propietarios. Asimismo, busca reconocer el rol constitucional, profesional y social que desempeñan estas instituciones en beneficio de la ciudadanía, evitando el riesgo de desalojo o inestabilidad patrimonial y facilitando su acceso a la propiedad bajo condiciones razonables y equitativas.
Tello refiere que la iniciativa legislativa es aplicable a los colegios profesionales creados por ley, que ejercen posesión continua, pacífica y pública sobre bienes inmuebles de dominio privado del Estado, otorgados mediante cesión o afectación en uso antes del 31 de diciembre de 2010.
Para que proceda la transferencia de dominio, los colegios profesionales deberán: a) Acreditar posesión consolidada de por lo menos diez (10) años sobre el bien inmueble, b) Contar con inscripción vigente en el Registro de Personas Jurídicas como colegio profesional, c) Presentar solicitud formal ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), adjuntando la documentación que acredite el uso institucional del predio para fines profesionales, académicos o sociales.
La transferencia de dominio se realizará a título oneroso, con un valor arancel determinado con base en el valor declarado en la última declaración jurada del impuesto predial, sin aplicar el valor comercial de mercado. La transferencia de dominio otorgará al colegio profesional la condición de propietario del inmueble, permitiéndole su inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) sin perjuicio de las cargas o afectaciones legales vigentes.
En la exposición de motivos del proyecto de ley, se afirma que muchos colegios profesionales ocupan bienes inmuebles del Estado desde hace décadas, los cuales fueron otorgados mediante cesión o afectación en uso por entidades públicas. Sin embargo, la legislación vigente no les permite acceder a la propiedad de dichos predios de forma clara y asequible, debido a exigencias normativas como el pago del valor comercial del bien o el establecimiento de plazos temporales para su uso. Esta situación afecta la seguridad jurídica, limita la inversión en infraestructura y genera incertidumbre institucional, poniendo en riesgo la continuidad de servicios esenciales que los colegios profesionales brindan a la sociedad, como campañas médicas, capacitaciones, asesorías legales, peritajes, investigaciones científicas y otras acciones de servicio público.
El congresista Tello, refiere que la propuesta busca establecer un mecanismo excepcional y específico de transferencia de dominio a favor de los colegios profesionales que acrediten posesión consolidada sobre bienes estatales. Esta transferencia se realizará a título oneroso, pero utilizando como base de referencia el valor arancel, es decir, el valor declarado en la declaración jurada del impuesto predial, en lugar del valor comercial.
Foto Radio Santa Rosa




