Insuficiente personal de barrido de calles en Mariano Melgar afecta servicio de limpieza pública afirma Contraloría

Hay insuficiente cantidad de personal para el barrido de calles en el distrito de Mariano Melgar que dirige el alcalde, Oscar Ayala, lo que afecta el cumplimiento de las rutas establecidas y la cobertura permanente del servicio de limpieza publica de dicha jurisdicción.
Así lo señala el órgano de control institucional de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar en el informe de control concurrente 004-2025, denominado “Prestación del servicio de limpieza pública” del 27 de marzo del 2025.
El informe precisa que de acuerdo al “Plan de operación para barrido y limpieza de espacios públicos de residuos sólidos de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar” de 14 de octubre de 2023 y modificado el 14 de agosto de 2024, presentado al Viceministerio de Gestión Ambiental UE 003: Gestión Integral de la Calidad Ambiental, la municipalidad cuenta con once macro rutas de frecuencia diaria y veintidós micro rutas de frecuencia inter diaria.
El informe identificó que de las once rutas comprendidas en el citado “Plan de operación para barrido y limpieza de espacios públicos de residuos sólidos de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar”, el 14 de marzo de 2025 se cubrieron nueve, como se indica en el “Acta de inspección 02-2025-MDMM-SL.
Considerando lo indicado por la Guía para la Gestión Operativa del Servicio de Limpieza Pública, el distrito idealmente debería contar entre 27 y 34 operarios para barrido de calles, por lo que se advierte que existe una brecha de entre 19 a 26 operarios para la labor de barrido de calles, lo cual genera que no se cubran permanentemente todas las rutas establecidas en el Plan, pues al contar con 8 personas para el barrido de calles se cubren ocho de las once, las cuales como se mencionó comprenden la parte media y baja del distrito, mientras que para la parte alta del distrito no se cuenta con rutas establecidas por lo que no tiene cobertura permanente del servicio.
Contraloría señala que lo descrito contraviene la Ley General de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobada con Decreto Legislativo 1278, de 24 de abril de 2017, Reglamento del Decreto Legislativo 1278, aprobado con Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, de 21 de diciembre de 2017, Guía para la Gestión Operativa del Servicio de Limpieza Pública, aprobada con Resolución Ministerial 091-2020-MINAM de 25 de abril de 2020.




