Municipalidad de Bustamante y Rivero no cuenta con lactario afectando a 105 trabajadoras advierte Contraloría

Tres irregularidades fueron detectadas por el órgano de control institucional de la Municipalidad Distrital de Bustamante y Rivero que dirige el alcalde, Frey Zegarra, en la implementación del servicio del lactario institucional según el informe de visita de control 002-2025 del 21 de marzo del 2025.
La primera irregularidad es la ausencia de lactario institucional, podría afectar el logro de los objetivos de la promoción de la lactancia materna de las madres trabajadoras de la entidad, la conciliación entre la vida familiar y laboral, así como la promoción de la participación laboral de las mujeres.
El informe señala que en el palacio municipal vienen laborando ciento cinco mujeres en edad fértil, superando el mínimo de veinte mujeres en edad fértil que establece la Ley 29896, por lo que, corresponde que la Entidad implemente un lactario institucional, a fin de contribuir a la conciliación entre la vida familiar y el trabajo y la promoción de la lactancia materna y el fomento de la participación de las mujeres en el ámbito laboral.
En la verificación efectuada a las oficinas del palacio municipal ubicado en la avenida Dolores s/n, del distrito de José Luis Bustamante y Rivero, se advirtió la ausencia del servicio de lactario institucional en la municipalidad; lo que fue corroborado por la jefa de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos en el Acta de Visita 02-2025- CG/OC1324-SVC-001 de 17 de marzo de 2025, donde señala que, la Entidad no cuenta con el servicio de lactario institucional.
La segunda irregularidad es que la oficina de gestión de recursos humanos no designó al coordinador del servicio de lactario institucional, poniendo en riesgo su implementación y funcionamiento, además de afectar los objetivos de la promoción de la lactancia materna a favor de las servidoras de la municipalidad
La tercera irregularidad es que la oficina de gestión de recursos humanos no cuenta con normativa interna que regule la implementación del servicio de lactario institucional, poniendo en riesgo el correcto procedimiento para su implementación y funcionamiento, afectando el logro de los objetivos de la promoción de la lactancia materna en la municipalidad.
La OCI de la municipalidad de Bustamante y Rivero señala que se ha incumplido el Decreto Supremo 023-2021-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley 29896, Ley que establece la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y del sector privado promoviendo la lactancia materna, publicado el 26 de julio de 2021, el Decreto Supremo 023-2021-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley 29896, Ley que establece la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y del sector privado promoviendo la lactancia materna, publicado el 26 de julio de 2021, Ley 29896, Ley que establece la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y del sector privado promoviendo la lactancia materna, publicada el 7 de julio de 2012 y Decreto Supremo 023-2021-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley 29896, Ley que establece la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y del sector privado promoviendo la lactancia materna, publicado el 26 de julio de 2021.