Presentan proyecto que deroga Ley 31914 que modificó Ley 28976 para regular los supuestos de clausuras de establecimientos

El congresista Edgar Reymundo Mercado presentó el 25 de febrero el proyecto de ley por el cual pretende derogar la Ley 31914, Ley que modificó la Ley 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, para regular los supuestos de Clausura de Establecimientos, con la finalidad de no permitir autorizaciones de funcionamiento a establecimientos con fallas de seguridad y porque su contenido limita la capacidad de las autoridades municipales para realizar inspecciones completas y garantizar la seguridad de la población.
En la exposición de motivos del proyecto de Mercado, afirma que La Ley No 31914, aprobada durante el gobierno de Dina Baluarte, limita la clausura de establecimientos solo a las áreas de riesgo, lo que reduce significativamente las inspecciones de seguridad en todo el negocio, toda vez que establece que, en caso de clausura, solo se debe afectar la parte del establecimiento que representa un riesgo, sin paralizar el funcionamiento total del negocio.
Esto limita la capacidad de las autoridades para realizar inspecciones completas y garantizar la seguridad en todo el local. Además, la ley prohíbe que el levantamiento de la clausura dependa del pago de multas, lo que, aunque corrige una práctica común, no resuelve el problema de fondo: la falta de controles efectivos. Otro punto clave de la ley es que las municipalidades solo podrán iniciar un procedimiento sancionador si el establecimiento no ha subsanado las deficiencias al vencimiento del plazo de la clausura temporal.
Sin embargo, no se especifica un plazo máximo para la clausura temporal, lo que deja abierta la posibilidad de que algunos problemas de seguridad persistan durante largo tiempo sin solución, como ocurrió en el caso de Real Plaza de Trujillo, del Grupo INTERCORP. A ello se suma que, la Ley 31914 establece que una clausura definitiva sólo puede imponerse luego de un procedimiento administrativo sancionador (PAS). Sin embargo, este proceso solo se iniciará si las observaciones no se corrigen tras la clausura temporal, y las municipalidades deberán decidir si imponen una multa o una clausura definitiva, pero no ambas sanciones al mismo tiempo. Cabe precisar, que las comunas no podrían imponer una multa y una clausura definitiva a la vez, pues ello implicaría imponer una doble sanción por un mismo hecho.
Por ello, es relevante derogar la presente normativa, a fin de evitar más sucesos trágicos como los acontecidos en la ciudad de Trujillo y porque es relevante modificar la Ley La 28976 – Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, pero con la participación de técnicos y profesionales especializados, así como la intervención y evaluación de las entidades competentes.