Corte de Arequipa convoca a concurso de selección de 319 plazas de jueces supernumerarios

Hugo Amanque Chaiñafebrero 8, 20253min0
Hugo Amanque Chaiñafebrero 8, 20253min0

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Corte de Arequipa convoca a concurso de selección de 319 plazas de jueces supernumerarios

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Un total de 319 plazas son sometidas a concurso de selección de jueces supernumerarios en la Corte Superior de Justicia de Arequipa de acuerdo a la convocatoria 001-2025 de la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios designado por Resolución Administrativa 004-202.

Se someten a concurso 15 plazas de juez superior penal, 10 plazas para juez superior civil, 15 plazas para jueces superiores laboral, 32 plazas para jueces especializados civiles, 22 plazas para jueces especializados laborales, 23 plazas para jueces especializados contenciosos, 21 plazas para jueces especializados de familia, 58 plazas para jueces especializados penales, 8 plazas para jueces especializados constitucionales, 40 plazas para jueces especializados mixtos, 23 plazas para jueces especializados de paz letrado, 6 plazas para jueces especializados laborales, 35 plazas de juez de paz letrado y 11 jueces juez de paz letrado en materia civil.

El cronograma del concurso señala que la inscripción de postulantes será del 03 al 07 de marzo.  Entre los requisitos generales para postular se encuentran los siguientes:

1) Ser peruano de nacimiento, 2) Tener el pleno ejercicio de la ciudadanía y los derechos civiles, 3) Tener título de abogado expedido o revalidado conforme a ley, así como encontrarse hábil en el ejercicio profesional, 4) No haber sido condenado ni haber sido pasible de una sentencia con reserva de fallo condenatorio por la comisión de un delito doloso. La rehabilitación, luego de cumplida una sentencia condenatoria, no habilita para el acceso a la carrera judicial, 5) No encontrarse en estado de quiebra culposa o fraudulenta, ni ser deudor alimentario moroso,  6) No presentar discapacidad mental, física o sensorial debidamente acreditada, que lo imposibilite para cumplir con sus funciones,  7) No haber sido destituido por medida disciplinaria del Poder Judicial o del Ministerio Público, ni despedido de cualquier otra dependencia de la Administración Pública, empresas estatales o de la actividad privada por falta grave,  8) No estar incurso en ninguna de las otras incompatibilidades señaladas por ley,  9) Presentación de la Declaración Jurada de Intereses de Carácter Preventivo, en cumplimiento a la Ley 31227; para ello, el postulante debe realizar su Declaración Jurada en el SIDJI utilizando “Firma Digital”, para cuyo efecto el postulante debe utilizar su DNI electrónico o un certificado digital emitido por una entidad de certificación acreditada, conforme al Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado por D.S. No 052-2008-PCM. No se admite la presentación física de la Declaración Jurada realizada usando firma manuscrita.

Hugo Amanque Chaiña


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