El 11 de febrero el JNE analizará en audiencia dos peticiones de vacancia contra alcalde Rivera

Después de 10 meses de presentada las dos peticiones de vacancia de ciudadanos en abril 2024 contra el alcalde de Arequipa, Victor Rivera, el Jurado Nacional de Elecciones que preside el Dr. Roberto Burneo, programó para el martes 11 de febrero desde las 09 horas la audiencia pública virtual via zoom que desarrollará el máximo organismo electoral donde escuchará los informes orales de los abogados del burgomaestre de Arequipa, pero también a los letrados de los dos ciudadanos que apelaron la vacancia de Rivera ante el JNE que rechazó inicialmente el Concejo Municipal por mayoría de votos.
El alcalde de Arequipa acreditó como su abogado defensor al Dr. Julio Castiglioni, mientras que el ciudadano Jorge Gallegos Cuaco, deberá acreditar a su abogado 20 minutos antes de la audiencia programada, en tanto que la ciudadana, Claudia Orihuela Larico, acreditó como su abogado a Jesús Quispe Tarifa.
Fue el 28 de mayo del 2024 cuando el alcalde provincial de Arequipa, Victor Rivera Chavez, solicitó al presidente del Jurado Nacional de Elecciones, su apersonamiento (comparecencia) en el proceso de vacancia contra su persona, tramitada por la ciudadana Claudia Sara Orihuela Larico en el recurso de apelación ante el máximo organismo electoral contra el acuerdo municipal 024-2024 del Consejo de Arequipa del 13 de marzo que declaró improcedente la vacancia contra el alcalde Rivera por 12 votos en contra de la vacancia y 3 votos a favor de la vacancia.
Fue la ciudadana, Claudia Orihuela, quien señaló en su apelación tramitada ante el JNE, que en los fundamentos del acuerdo municipal 060-2023 de la MPA, los argumentos ofrecidos por el alcalde Rivera, sustentando que la causal invocada no configura causal de vacancia contenida en el artículo 22º y 63º de la Ley Orgánica de Municipalidades son muy rebatibles.
El abogado de Rivera, Julio Castiglioni, señaló en la sesión del Concejo Municipal, en relación a la restricción de contratación, que no se ha acreditado la presunta intervención del alcalde provincial en la contratación de Hernán Arenas Román para cuidar al perro “flechita”, no se ha acreditado ningún conflicto de intereses, no existe interés propio o interés personal y tampoco existe un contrato de bien o servicio municipal, por tanto, no conlleva a una restricción de contratación según lo establecido en la norma antes mencionada.
Sin embargo, Orihuela a través de su abogado, sostiene en la petición de vacancia ante el JNE, que el alcalde Rivera vulneró la ley de municipalidades ya que el burgomaestre mediante el gerente municipal emitió una orden de servicio a favor del trabajador que cuidaba la mascota de Rivera, no cautelando los caudales ni la economía municipal que era su obligación. Remarcó que el alcalde incurrió en conflicto de interés que sanciona la ley de municipalidades por lo que el Concejo Municipal debía declarar su vacancia del cargo.
Luego de la audiencia y los informes orales de los abogados de las partes, el JNE mediante resolución podrá denegar la petición de vacancia y mandar al archivo dicha solicitud con la suficiente argumentación jurídica y las pruebas exhibidas en el proceso o también puede darle la razón a Orihuela y Gallegos, en cuyo caso mediante resolución motivada en hechos y derecho, reconocería como nueva alcaldesa de Arequipa, a la actual primera regidora, Rucy Oscco, quien actualmente está muy distanciada del burgomaestre Rivera, ya que Oscco ha votado por la vacancia del alcalde provincial en dos votaciones consecutivas en los últimos meses del año 2023 y 2024.