Contraloría advierte que 15 obras que ejecuta SEDAPAR no tienen supervisión y corren riesgo en temporada de lluvias

Hay una falta de supervisión a las quince obras que ejecuta SEDAPAR en Arequipa y en la implementación y cumplimiento de gestión de riesgos ante posibles precipitaciones pluviales desde diciembre 2024 a marzo 2025, lo que podría generar contingencia en la ejecución, culminación y reinicio de proyectos de inversión, afectando la finalidad pública de los mismos.
Así lo resume el informe de orientación de oficio 029-2024 del órgano de control institucional de SEDAPAR denominado implementación y cumplimiento de gestión de riesgos ante posibles precipitaciones pluviales durante diciembre 2024 a marzo del 2025 del 04 de diciembre del 2024.
El informe precisa que durante enero a marzo de 2025 en la región Arequipa posiblemente se tenga precipitaciones pluviales superior a lo normal y condiciones climáticas de normal a superior y de la revisión efectuada al Sistema de Información de Obras Públicas de la Contraloría General de la República, se verificó que SEDAPAR viene ejecutando tres obras y doce están paralizadas y/o suspendidas.
Respecto a las obras en ejecución, se registran un avance físico menor al 80%, por lo que la ejecución y/o culminación de trabajos podrían verse afectadas por las posibles precipitaciones pluviales a presentarse durante los meses de diciembre 2024 a marzo de 2025, asimismo la calidad técnica de las partidas puede verse afectada producto de las lluvias.
En consecuencia, para prevenir y desarrollar acciones oportunas, es necesario que SEDAPAR evalué los posibles escenarios de riesgos ante las condiciones climáticas que podrían presentarse entre diciembre de 2024 a marzo de 2025, además que cautele y supervise de manera oportuna la implementación y cumplimiento de la gestión de riesgos, puesto que las precipitaciones pluviales podrían generar contingencias a los proyectos de inversión.
El informe señala que lo descrito transgrede la Ley 30225 – Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo 082-2019-EF de 13 de marzo de 2019, Ley 29664 – Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) publicada el 19 de febrero de 2011 y sus modificatorias y el Decreto Supremo 048-2011-PCM que aprobó el Reglamento de la Ley n.º 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) publicado el 26 de mayo del 2011 y sus modificatorias.
El informe dirigido al presidente del directorio de SEDAPAR, Ing. Armando Llaza, le solicita que debe comunicar en plazo de cinco días al órgano de control institucional las acciones preventivas o correctivas adoptadas respecto a las situaciones adversas detectadas en el informe adjuntando la documentación correspondiente.
Foto Revista Proactivo




