Gobierno aprobó Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 20250
El gobierno de la presidenta Boluarte mediante el Decreto Supremo 012-2024-MINAM, publicado en el diario oficial, aprobó la Política Nacional de la Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050 que es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública, señaladas en el Artículo I de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el marco de sus competencias, así como para las personas jurídicas de derecho privado y la sociedad civil, en cuanto les sea aplicable.
Las entidades en todos los niveles de gobierno, en el marco de sus competencias y funciones, deben asumir sus obligaciones y responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM. La conducción de la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050 se encuentra a cargo del Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación, o la que haga sus veces.
Las entidades de la administración pública involucradas en la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050 implementan, en el marco de sus funciones y competencias, los elementos de ésta, a través de los diferentes planes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN). Para tal efecto, dichas entidades correspondientes coordinan con el Ministerio del Ambiente la implementación de los servicios, actividades operativas identificadas, así como otras intervenciones que contribuyan al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050.
El decreto supremo señala que el Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación, o la que haga sus veces, tiene a su cargo el seguimiento y evaluación de la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, o la que haga sus veces.
El proceso de seguimiento y evaluación se realiza de conformidad con los lineamientos y metodología que establece el CEPLAN, en materia de seguimiento y evaluación de políticas nacionales; adicionalmente, se consideran las disposiciones que el Ministerio del Ambiente considere pertinentes.
Las entidades del Estado responsables del cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional: Estrategia Nacional ante el Cambio Climático al 2050, brindan oportunamente información al Ministerio del Ambiente, a fin de realizar el seguimiento y evaluación de la implementación de la referida Política.