Consejo Regional de Arequipa volverá proponer candidatos a directorio de SEDAPAR en próximas sesiones
El Consejo Regional de Arequipa, en las próximas sesiones deberá proponer nuevos candidatos al directorio de la empresa del agua potable SEDAPAR como ordena la legislación vigente, pese a que meses atrás los consejeros ya aprobaron mediante acuerdo regional proponer tres candidatos.
Sucede que la gerente general de SEDAPAR, Yanet Montoya, mediante oficio 698-2024 dirigido al presidente del Consejo Regional, Fernando Cornejo, le requirió que en plazo de 15 días le remita la propuesta de candidatos ante el directorio de la empresa del agua potable, las que deberán ser presentados ante la plataforma para la designación de directores del Ministerio de Vivienda y Construcción.
El oficio se dio lectura en la sesión del martes 19 de noviembre, por lo que los catorce consejeros están notificados que será el ejecutivo regional que preside Rohel Sánchez o los consejeros regionales quienes presenten candidatos ante el Ministerio de Vivienda, que reúnan los requisitos de ley para luego en próximas sesiones ordinarias ser elegidos ante la empresa del agua potable de Arequipa.
Fue en el mes de mayo, cuando el Consejo Regional en sesión acordó por mayoría de votos, designar a tres candidatos ante SEDAPAR, como Oscar Pastor, José Suarez y Juan Córdova, rechazando los consejeros a los candidatos que propuso el gobernador Sánchez, lo que generó cuestionamientos al acuerdo regional aprobado ante el Ministerio de Vivienda, quien impugnó dicho acuerdo
El Ministerio de Vivienda, en la etapa de revisión de los candidatos propuestos por el gobierno regional de Arequipa, declaró aptos a los candidatos Juan Córdova Lizarraga y José Suarez Zanabria en las entrevistas virtuales. Sin embargo, el candidato Oscar Pastor Paredes, al no presentar la declaración jurada de no encontrarse en ningún impedimento para ser director conforme al art. 7 y el formato del anexo 3 de las disposiciones legales vigentes, fue separado del proceso.
El 30 de octubre del 2024, mediante Carta 01-2024, el candidato Juan Córdova, presentó su renuncia para la designación de directores propuesto por el gobierno regional de Arequipa para conformar el directorio de la empresa del agua potable de SEDAPAR.
En el proceso que desarrolló el Ministerio de Vivienda, el 30 de octubre del 2024, concluyó que, del procedimiento del caso, se ha verificado que no se cuenta como mínimo con al menos dos candidatos aptos para la designación de directores propuestos por el gobierno regional por lo que corresponde concluir el proceso. Por dicha razón, la gerenta de SEDAPAR ha notificado al Consejo Regional para que vuelva a proponer candidatos al directorio, uno de los cuales será el director titular y el otro el director suplente.
El Directorio es un órgano colegiado que gestiona y administra la empresa del agua potable, siendo el periodo de duración de los integrantes del Directorio de tres años, y entre ellos eligen al presidente. El actual Directorio está compuesto por tres personas. El presidente es el Ing. Armando Llaza Loayza, quien representa a la Sociedad Civil, el Dr. Javier Rospigliosi, representa al Gobierno Regional de Arequipa desde la gestión del ex gobernador Elmer Cáceres y el Ing. Arturo Arroyo Ambia, quien representa a las Municipalidades Provinciales de Arequipa.
Para ser elegido director de SEDAPAR, debe cumplirse los siguientes requisitos: a) Contar con título profesional de ingeniería, economía, derecho, contabilidad o administración, b) contar con estudios de postgrado concluidos vinculados al sector saneamiento o en regulación de servicios públicos en gestión o administración, c) acreditar experiencia profesional no menor de cinco años en cargos directivos o de nivel gerencial en entidades públicas o privadas nacionales o internacionales vinculadas a servicios públicos.
El expediente del candidato a director debe contemplar también lo siguiente: 1.- hoja de vida documentada y suscrita la que tiene valor de declaración jurada, 2.- certificado judicial de antecedentes penales, 3.- la declaración jurada de no estar incurso en los impedimentos señalados en el Estatuto de SEDAPAR.