Proponen cadena perpetua para delitos de trata de personas y tráfico de órganos
El congresista Miguel Ciccia presentó el proyecto que pretende establecer pena de cadena perpetua para casos de delitos de trata de personas, en los supuestos de: explotación sexual, extracción y tráfico de órganos en niñas, niños y adolescentes; en personas con discapacidad, así como la no caducidad de la vigencia de requisitorias en delito de trata de personas, generando en la legislación nacional la seguridad jurídica para tal fin.
El proyecto presente modificar el Código Penal en el artículo 153°-K, con el siguiente texto: “Explotación sexual de niñas, niños y adolescentes y personas con Discapacidad» El que dirige, gestiona u obliga a ejercer actos de connotación sexual a niñas, niños y adolescentes menores de catorce años, la pena será de cadena perpetua. En los siguientes casos: – Si, el agente comete delito de trata de personas mediante amenaza u otro medio obligando a menor de catorce años, con la finalidad de obtener un aprovechamiento económico. – Si, el agente tiene a la víctima bajo su cuidado o vigilancia por cualquier motivo, o mantiene con ella un vínculo de superioridad, autoridad, poder o cualquier otra circunstancia que la impulse a depositar su confianza en él. Si, el agente, ejerce, gestiona la explotación sexual, la extracción, tráfico de órganos, tejidos somáticos o sus componentes humanos, así como cualquier otra forma análoga de explotación. – Si el agente comete delito de trata de personas, en personas con discapacidad, según lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 29973 — Ley General de la Persona con Discapacidad”.
Asimismo, se pretende modificar el numeral 4° del artículo 261° del Nuevo Código Procesal Penal con el siguiente texto: «Artículo 261° Detención Preliminar Judicial. – El Juez de la Investigación Preparatoria, a requerimiento del Fiscal, sin trámite alguno y teniendo a la vista las actuaciones remitidas por aquel, dicta mandato de detención preliminar cuando: C..) 4. Las requisitorias cursadas a la autoridad policial tienen una vigencia de seis meses. Vencido este plazo, caducan automáticamente bajo responsabilidad, salvo que fuesen renovadas. La vigencia de la requisitoria para los casos de terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas, los delitos de competencia del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ), señalados en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1368, los delitos contra la dignidad humana, y e/ delito de trata de personas, no caducan hasta la efectiva detención de los requisitoriados».
En la exposición de motivos del proyecto de ley, el congresista Ciccia, indica que Solo en el 2022, las 14 fiscalías especializadas del país reportaron 638 casos de menores de edad presuntamente víctimas de este delito. En ese mismo periodo, la Policía Nacional (PNP) registró 223 denuncias por trata de menores, una cifra que representa el 35% de casos revisados en el Ministerio Público.
La iniciativa legislativa no generará gasto al erario nacional, ya que su fin objetivo es la protección salvaguarda y extender penas sobre la explotación sexual, extracción y tráfico de órganos en niñas, niños y adolescentes; en personas con discapacidad, así como la no caducidad de la vigencia de requisitorias en delito de trata de personas, generando en la legislación nacional la seguridad jurídica a favor del grupo de personas que se encuentran en vulnerabilidad.