Infundado declaró Centro de Arbitraje de Lima solicitud de Cobra contra Gobierno Regional de Arequipa

pressadminnoviembre 6, 20234min0
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Infundado declaró Centro de Arbitraje de Lima solicitud de Cobra contra Gobierno Regional de Arequipa

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El Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, mediante la Resolución 155-2023, declaró infundada la solicitud presentada por la empresa española Cobra ante este organismo, donde solicitaba se rechace el pedido del Gobierno Regional de Arequipa de acudir a un arbitraje, con el argumento que no había cumplido con los procedimientos establecidos a pesar que el “trato directo” continuaba.

Sin embargo, la Resolución del Centro de Arbitraje en la parte medular, señala que, “En el convenio arbitral contenido en la Cláusula Décimo Sexta del Contrato de Concesión para la construcción, operación y mantenimiento de las obras mayores de afianzamiento hídrico y de infraestructura para irrigación de las pampas de Siguas, de fecha 30 de abril de 2015, existe un convenio arbitral, en el cual se ha acordado que determinadas controversias deberán ser resueltas ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima”. En tal razón, declaró infundada la petición de Cobra.

Entre tanto, el gobernador de Arequipa, Rohel Sánchez, a través de la Procuradora Pública de Arequipa, Dra. Amparo Begazo, solicitó en su argumentación jurídica que sea dicho Centro de Arbitraje el que determine quién tiene la razón en este proceso; sin embargo, la Concesionaria formuló su oposición manifestando que el GRA no agotó el trato directo, paso previo para iniciar el procedimiento y además que la Cámara de Comercio de Lima no era la competente para resolver este caso.

La Procuradora Regional, en representación del Gobierno Regional de Arequipa, demostró que la empresa Cobra fue la que abandonó dicho trato, cuando luego de firmar la adenda y entregarle el dinero solicitado e incluso haber iniciado las conversaciones por mediación de la Cámara de Comercio e Industria de Arequipa, interpuso la caducidad del contrato contra el GRA.

La empresa Cobra estimaba que la controversia debía ser resuelta mediante arbitraje internacional ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) era el órgano competente para resolver la controversia cuando no hay acuerdo de las partes sobre la naturaleza de la controversia o la cuantía de la misma. Sin embargo, la Dra. Begazo, afirmaba que según contrato suscrito con la empresa Cobra el 2015, el Centro de Arbitraje de Lima era competente para dirimir el caso, por lo que dicho Centro le dio la razón al declarar infundada la petición de la empresa contratista.

La Procuradora Regional, afirmó que es un primer triunfo jurídico del GRA, pero recién ahora se irá al tema de fondo donde el GRA como la empresa Cobra, tendrán que acreditar sus árbitros, el Centro de Arbitraje de Lima programará una exposición donde las partes en conflicto deberán presentar sus argumentos jurídicos, económicos y técnicos y finalmente con la participación de un tercer árbitro, se emitirá laudo arbitral. La Dra. Begazo estima que el proceso se iniciaría en el mes de enero y tendrá una duración de 12 a 18 meses donde el Centro de Arbitraje de Lima emitirá un laudo arbitral.

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