GRA y Municipalidades incumplieron con aprobar planes contra fenómenos naturales según Contraloría
El Gobierno Regional de Arequipa, de siete planes específicos de gestión de riesgos de desastres ocasionados por fenómenos naturales climatológicos 2023, solo aprobó uno, pese a estar obligado por mandato de la Ley 29664 del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres del año 2011 a aprobar todos los planes específicos que es de obligatorio cumplimiento a las entidades estatales y privadas del país.
La Ley 29664, señala que las instituciones públicas estan obligados a aprobar los siguientes planes: a) Planes de prevención y reducción de riesgo de desastres (PPRRD), b) Planes de preparación (PP), c) Planes de operaciones de emergencia (POE), d) Planes de educación comunitaria (PEC), e) Planes de rehabilitación (PR), f) Planes de contingencia (PC), y, g) Plan de continuidad operativa (PCO).
El informe de Contraloría del 28 de agosto, es concluyente y refiere que el Gobierno Regional de Arequipa que preside, el gobernador Rohel Sánchez y sus funcionarios, incumplieron con la aprobación de seis planes específicos y ellos son los siguientes: Planes de prevención y reducción de riesgo de desastres, Planes de preparación, Planes de operaciones de emergencia, Planes de educación comunitaria, Planes de rehabilitación y Plan de continuidad operativa. El único plan específico que aprobó fue el plan de contingencia.
No solo eso. En la jurisdicción regional de Arequipa, según la Contraloría, el Hospital Goyeneche solo aprobó sus planes de prevención y reducción de desastres y su plan de contingencia, pero no aprobaron los planes de preparación, operaciones de emergencia, educación comunitaria, de rehabilitación y plan de continuidad operativa.
El informe de Contraloría, refiere asimismo que el 95% de municipalidades y provinciales de Arequipa, tampoco cumplieron con aprobar sus planes específicos como lo ordena la Ley 29664. Por ejemplo, la Municipalidad Provincial de Arequipa que dirige el alcalde, Victor Rivera y sus funcionarios, de los siete planes específicos, solo aprobó su plan de contingencia, pero los restantes seis planes no lo aprobaron oportunamente.
La Municipalidad Provincial de Camaná, no aprobó ninguno de los siete planes específicos, la Municipalidad de Caraveli solo aprobó el plan de prevención y reducción de desastres, pero no aprobó los restantes seis planes específicos, la Municipalidad Provincial de Castilla no aprobó ninguno de los siete planes específicos, la Municipalidad Provincial de Caylloma no aprobó ninguno de los siete planes específicos y la Municipalidad de Condesuyos no aprobó ninguno de los siete planes específicos. La Municipalidad Provincial de Islay solo aprobó el plan de prevención y reducción de desastres, de operaciones de emergencia y de contingencia y los restantes cuatro planes no los aprobó. La Municipalidad Provincial de La Unión solo aprobó su plan de contingencia y los restantes seis planes no los aprobó oportunamente.
En las municipalidades distritales de la provincia de Arequipa, el gobierno municipal de Mariano Melgar no aprobó ninguno de los siete planes específicos, Paucarpata solo aprobó los planes de prevención y reducción de desastres y de mitigación, pero los restantes cinco planes no lo aprobaron.
Entre las conclusiones del informe nacional de Contraloría realizado a ochocientos cincuenta y seis (856) entidades públicas a nivel nacional sometidas a control, revelan que la aprobación de Planes de Prevención y Reducción de Riesgo de Desastres (PPRRD) tiene un nivel de incumplimiento del 72% de entidades a nivel nacional.
En forma desagregada, a nivel del gobierno nacional, de doscientas siete (207) entidades visitadas, ciento treinta (130) (63%) no cuentan con el Plan de Prevención de Riesgo de Desastres (PPRRD). A nivel de los gobiernos regionales, de veinticuatro (24), doce (12) GR (50%), no cuentan con el Plan de Prevención de Riesgo de Desastres (PPRRD). Asimismo, respecto a las entidades del ámbito regional: De treinta y cinco (35) entidades (EGR), veintidós (22) (63%) no cuentan con el Plan de Prevención de Riesgo de Desastres (PPRRD). A nivel del gobierno local, de quinientos noventa (590) entidades, cuatrocientos cincuenta y cuatro (454) (77%) no cuentan con el Plan de Prevención de Riesgo de Desastres (PPRRD).
Breve comentario del tema
El fenómeno del niño y sus consecuencias naturales, es una amenaza inminente en los próximos meses contra la poblacion civil según lo refieren informes meteorológicos del mundo y del país. Sin embargo, todo parece indicar que de eso no son conscientes autoridades nacionales, regionales y municipales, quienes tienen la obligación de acatar la Ley 29664 y proteger a la poblacion civil de su jurisdicción, quienes no han aprobado los planes específicos anteriormente referidos, pese a estar obligados legalmente.
En el derecho penal, hay un delito que se denomina, omisión de deberes funcionales por abuso de autoridad, y en eso estarían incurriendo autoridades nacionales, regionales y municipales y por no aprobar oportunamente los planes antes referidos y son pasibles de ser denunciados penalmente por cualquier ciudadano que sean vean afectados potencialmente si la naturaleza destruye hogares y vidas de personas en los próximos meses.
En el siguiente caso, hay tres entidades que deben actuar de inmediato al darse cuenta del informe nacional de la Contraloría. El Ministerio Público, para que investigue todos estos casos y de confirmarse incumplimientos a la ley, el fiscal de turno, proceda a denunciar penalmente a los responsables. Políticamente, el Consejo Regional de Arequipa, debe citar al gobernador regional, Rohel Sánchez, para que explique en detalle al parlamento regional, cuales son las razones del incumplimiento de aprobación de los planes específicos de gestión del riesgo de desastres.
En su ejercicio de control politico y fiscalización, esa petición deben tramitarla los consejeros regionales para que el gobernador o el gerente general regional, de las explicaciones del incumplimiento de obligaciones legales para deslindar responsabilidades. Si no citan a los máximos funcionarios regionales, los consejeros incurrirían en el delito de omisión de deberes funcionales, ya que ellos también el deber de proteger a la poblacion civil de Arequipa.
Lo mismo deben hacer los regidores provinciales y distritales en sus jurisdicciones, para deslindar responsabilidades y evitar posteriores acusaciones penales. Finalmente, la Contraloría no debe limitarse a señalar a las entidades que incumplieron con aprobar los planes específicos, sino también en su ejercicio sancionador del aparato administrativo, deberia aperturar procesos a los funcionarios que desacatan obligaciones legales y ponen en riesgo a la población civil indefensa.
Hugo Amanque Chaiña – Periodista y Abogado