Tribunal Constitucional sesiona en Arequipa el 24 y 25 de agosto después de un año de ausentarse de su sede
Después de más de un año de no acatar el artículo 01 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional que señala que su sede es Arequipa y tenían la obligación de sesionar en la ciudad blanca en respeto al principio de legalidad, los magistrados constitucionales, sesionarán en su local ubicado en Yanahuara el 24 y 25 de agosto desde las 09 horas, donde ventilarán 15 procesos constitucionales de varias regiones de la macro sur.
Los magistrados que sesionaran en Arequipa, son el presidente Francisco Morales Saravia y los magistrados Luz Pacheco Zerga, Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez y César Ochoa Cardich.
El jueves 24 de agosto el TC analizará cuatro demandas desde las 09 horas. 1. La acción de inconstitucionalidad que presentó el Colegio de Abogados de Huaura representado por su Decano, José Burgos Alfaro contra el Congreso de la Republica y el artículo 4 y la disposición complementaria derogatoria única de la Ley 31012 de protección policial, 2. La acción de inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo representado por el Procurador Especializado en Materia Constitucional, Dr. Luis Huerta Guerrero contra el Congreso Nacional y la Ley 31288 que tipifica conductas infractoras en materia de responsabilidad administrativa funcional y establece medidas para el adecuado ejercicio de la potestad sancionadora de la Contraloria General de la Republica.
- La acción de inconstitucionalidad que presentó el Colegio de Abogados de Puno, representado por su Decano, Wilmer Quiroz Calli en contra del Congreso Nacional y la Ley 31481 en sus artículos 1 y 2, 4.- La acción de inconstitucionalidad que presentó el Colegio de Abogados de Puno contra la Ley 31012 que aprobó el Congreso Nacional en su artículo 4.
El viernes 25 de agosto desde las 09 horas el TC, analizará once demandas. 1. Demanda de conflicto de competencia presentado por la Municipalidad Metropolitana de Lima presentada por el alcalde metropolitano contra el Ministerio de Transportes que regula y gestiona el tránsito de peatones y vehículos en la provincia de Lima que contraviene la Ley Orgánica de Municipalidades, 2. La acción de inconstitucionalidad presentada por el Poder Ejecutivo representado por el Procurador en Materia Constitucional, Luis Huerta en contra de la Ley 31216 que aprobó el Congreso de la creación del distrito de San Antonio en la provincia de Mariscal Nieto en Moquegua.
- La acción de inconstitucionalidad que presentó el alcalde de la Municipalidad Provincial de Ilo, contra el Congreso que aprobó la Ley 31216 que creó el Distrito de San Antonio en el departamento de Moquegua, 4. La acción de habeas corpus que presentó Gladis Aliaga Condori contra el Director del Establecimiento Penal de Lampa-Puno, 5. La acción de amparo que presentó Vilma Concha Lovaton contra los integrantes de la Sala de Derecho Constitucional de la Corte Suprema, 6. La acción de habeas corpus que presentó Tomasa Cochón Ale contra el presidente de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, 7. La acción de amparo presentado por la APAFA de la I.E. Gerardo Arias representado por Abraham Quispe Huanca contra el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna, 8. La acción de amparo presentado por Piero Calderón Vidal contra la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema.
9.- La acción de amparo presentada por Mery Vilavila Mamani contra la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema, 10. La acción de habeas corpus de la Asociación Cívica del Perú representado por Fernando Cillóniz Benavides contra la Comunidad Campesina de Urinsaya del distrito de Coporaque de la provincia de Espinar-Cusco, 11. La acción de amparo presentada por el abogado, Marco Tulio Falconi Picardo contra la Comisión Encargada de nombrar a los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
Breve comentario sobre el tema
En las próximas horas, emitiremos un amplio comentario sobre la sesión de los magistrados del TC en Arequipa, que después de más de un año, retornan a su sede que tienen en Arequipa, quienes incumplieron su deber legal que le impone el artículo 01 de su Ley Orgánica, donde se precisa que su sede es Arequipa y tenían la obligación de sesionar. Fuimos tal vez, el único medio periodístico digital que en cuatro notas editoriales que ustedes pueden ubicar en sección de “opinión” de Arequipa Misti Press desde el mes de marzo 2023, exigíamos que el TC respete su ley orgánica de creación.
La sede del TC para Arequipa se aprobó por los constituyentes de 1979, como reconocimiento a la ciudad blanca como “Capital Jurídica del Perú” y en la Constitución Politica de ese año, por sus brillantes tribunos y juristas que condujeron los destinos del país en varias instituciones tutelares de la patria. Se retrocedió con la Constitución de 1993 en el gobierno “fujimontesinista”, pero en la Ley Orgánica del TC, en su artículo 01 se ratificó que la sede es Arequipa. Sin embargo, los actuales magistrados constitucionales no sesionaron en Arequipa desde el 12 de agosto del 2022, pero anuncian que este fin de semana retornarán a su sede en Yanahuara.
Veremos cuáles son las explicaciones o excusas que darán por su prolongada ausencia en la blanca ciudad a la prensa arequipeña. En lo personal, estoy satisfecho, porque desde esta tribuna periodística digital mistiana y en forma solitaria, luchamos por principios, porque estimamos que cuando enarbolamos banderas jurídicas que tienen base en la Constitución y la legislación, no nos consideramos derrotados. Estoy insatisfecho contra las principales instituciones tutelares de Arequipa y sus autoridades, porque creía que representaban nuestros intereses jurídicos, morales y éticos y ellos debían hacer respetar la Ley y el legado histórico que hemos recibido. Estoy decepcionado de ellos por múltiples razones.
Fui ingenuo, porque incluso dialogue con regidores provinciales y consejeros regionales de Arequipa, para que emitan un acuerdo municipal o regional, haciendo respetar la sede de Arequipa, ya que ellos son nuestros legítimos representantes y confié en ellos, pero fui iluso. Salvo la consejera regional, Marleny Arminta, quien le puso interes al tema, pero luego retiró su proyecto de acuerdo regional para mejorar su redacción ante el Consejo Regional. Ni hablar del Gobierno Regional, la Municipalidad Provincial, ni del CONREDE ni del Colegio de Abogados.
Esta experiencia, confirma que algunas autoridades no defienden principios, ni valores. Solo les interesa su puesto, no chocar con nadie, quedar bien con Dios y con diablo, cuidarse sus espaldas y su mensualidad. No defienden intereses colectivos, mucho menos el Estado de Derecho y el principio de legalidad. Se aferran al poder y hacen espíritu de cuerpo y no se dan cuenta que, con estas acciones, se deslegitiman ante los ciudadanos que alguna vez confiaron en ellos.
Remarco nuevamente: Cuando se lucha por principios y valores, no hay derrota.
Hugo Amanque Chaiña – Periodista y Abogado