M. de Cultura determinó protección provisional del sitio arqueológico Puca Puca en distrito de Tipan en provincia de Castilla

El Ministerio de Cultura mediante Resolución 00058-2026, suscrito por Janie Gomez, Directora de la Dirección General del Patrimonio Arqueológico Inmueble, determinó la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Puca Puca ubicado en el distrito de Tipan de la provincia de Castilla, departamento de Arequipa, por el plazo de dos años salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo Las especificaciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 009-2025-JBP de fecha 09 de junio de 2025, elaborado por la especialista de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa, así como en el Informe N° 002203-2025/DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000238-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-HAH/ MC y el cuadro de datos técnico del plano perimétrico con código N° PPROV-009-MC_DGPA-DSFL-2026 WGS84.
La Resolución encarga a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa, la ejecución de las medidas preventivas de la presente Resolución Directoral, las cuales deberán materializarse empleando los recursos humanos, logísticos y operativos de los que dispongan, así como la realización de las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para su cumplimiento.
Comunica asimismo a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal la emisión de la determinación de la protección provisional para el inicio de las acciones de identificación, declaración y delimitación definitiva de los bienes inmuebles prehispánicos comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identificación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios.
Dispone asimismo la notificación de la resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Tipan, de la provincia de Castilla, departamento de Arequipa, a fin de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notificar a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011- 2006-ED.
Entre los considerandos de la resolución emitida se da cuenta que, mediante Informe de Inspección N° 009-2025- JBP de fecha 09 de junio de 2025 que sustenta el Informe Técnico de Viabilidad de la Determinación de la Protección Provisional del Bien Inmueble Prehispánico, el especialista de la Dirección Desconcentrada de Cultura Arequipa sustenta la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico PucaPuca ubicado en el distrito de Tipan de la provincia de Castilla, departamento de Arequipa; especificando los fundamentos sobre la valoración cultural positiva y niveles de vulnerabilidad del bien inmueble objeto de protección provisional, de acuerdo con los lineamientos y criterios técnicos contenidos en la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC. En el referido informe se indica que el monumento arqueológico prehispánico viene siendo objeto de afectación verificada debido a agentes antrópicos y factores naturales, según lo siguiente:
Las evidencias arqueológicas que conforman el Sitio Arqueológico “Puca Puca”, vienen sufriendo un deterioro constante, ya sea por causas naturales y antrópicas, precisando que se presentan de regular a mal estado de conservación. Las estructuras arquitectónicas que conforman este espacio cultural, vienen siendo afectados por la erosión eólica y las precipitaciones pluviales que en temporada de lluvias van deteriorando los paramentos de las estructuras, generando de esta manera el colapso de los mismos. Con respecto a los agentes antrópicos de afectación, se registran excavaciones para actividades ilícitas como el waqueo ejecutadas especialmente en las estructuras arquitectónicas funerarias, generando la descontextualización de su evidencia cultural (fragmentos de cerámica, osamenta).




