Las sesiones públicas de los Consejos Municipales

pressadminabril 3, 20233min0
pressadminabril 3, 20233min0

Left Banner

Left Banner

Las sesiones públicas de los Consejos Municipales

sesiones municipales

El concejo municipal es el órgano del gobierno local: legislador, fiscalizador y de representación, integrado por el alcalde o alcaldesa y los regidores y regidoras, es un órgano colegiado, por cuanto, sus integrantes tienen la misma jerarquía; corresponde el rol ejecutivo y administrativo, al alcalde y funcionarios, en tanto las funciones operativas, recae en los servidores civiles (empleados y obreros).

Es deliberante, pues, aprueba ordenanzas municipales y acuerdos de concejo municipal, después de un necesario, libre y amplio debate, previo estudio y análisis, de los temas de Agenda, en las comisiones ordinarias, especiales y de investigación, conformada por regidores.

La Ley 27972, en su artículo 13, establece: “Las sesiones del concejo municipal son públicas, salvo que se refieran a asuntos que puedan afectar los derechos fundamentales al honor, la intimidad personal o familiar y la propia imagen; pueden ser ordinarias, extraordinarias y solemnes. El alcalde preside las sesiones del concejo municipal y en su ausencia las preside el primer regidor de su lista”.

El problema está que, en la realidad no son públicas ¿por qué? En muchas municipalidades, las sesiones se realizan en espacios pequeños, donde no hay lugar para el público, ello es una violación al artículo 13; en otros casos, se desarrollan en el Salón Consistorial o Auditorio Municipal, hay espacio para los vecinos, pero, no se fomenta ni se incentiva su asistencia.

Otro asunto es el horario, se llevan a cabo en horas en que la población está ocupada en sus labores, no teniendo el tiempo para participar en ellas. Por último, no obstante, contar con tecnologías de información y comunicación, son muy pocos, los concejos ediles que difunden las sesiones, en tiempo real, por las redes sociales. El no transmitirlas digitalmente, es otra manera de transgredir el principio de “sesiones públicas”.

Un deber de conciencia me impele reconocer al ex alcalde de Arequipa, Yamel Romero Peralta (2003-2006), construyó y equipó el Hemiciclo, recinto de sesión y deliberación públicas, del Concejo Municipal Provincial de Arequipa; también al ex alcalde de Bella Unión (Caravelí), Daniel Denegri Ayala (2019-2022), implementó la transmisión de las sesiones por las redes sociales. Esto es propiciar la transparencia y participación, con los cuales, se enriquece y fortalece la democracia local salvadora del Perú.

Norberto Lajo Paredes – Abogado

 

pressadmin


Post Banner

Post Banner