¡Mucho cuidado! Anguía es una municipalidad rural de Cajamarca
El Poder Ejecutivo, expidió el Decreto de Urgencia N° 102-2021 (29/10/21) “Dicta medidas extraordinarias para la ejecución de gasto público en materia de inversión orientado al financiamiento de Proyectos de Saneamiento, Infraestructura Vial y Equipamiento Urbano”, en el marco de la Emergencia Sanitaria del Covid-19, con segunda ola de contagios de inicios de 2021; obligando a mitigar los riesgos a la salud de la población, mejorando rápidamente las condiciones sanitarias y calidad de vida; con medidas adicionales y excepcionales.
Para ello, diseñaron el Procedimiento Especial de Selección (PES), cuyas contrataciones, se realizan según el TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado (LCE); sin perjuicio de las reglas del PES. Tales medidas, también se orientaron a reactivar la economía y generar empleo. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), a través de los Programas Saneamiento Urbano, Saneamiento Rural y Mejoramiento Integral de Barrios, le correspondía la verificación y seguimiento de la ejecución de los recursos asignados.
El Jefe de Estado, obró conforme a la Constitución y el Congreso consintió dicho D.U. al no modificarlo ni derogarlo; a tenor del artículo 118 numeral 19 de la Constitución. Un asunto importante que hay que tomar en cuenta: Anguía, es Municipalidad Rural, según el D.S. N° 090-2011-PCM, conforme a los artículos 139 al 147 y Tercera Disposición Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM); por lo cual, tienen régimen legal especial, en consideración a “que no cuentan con los recursos humanos y económicos para aplicar las normas vigentes”.
En otras palabras, a las municipalidades rurales, les son aplicables las normas vigentes: Ley de Contrataciones; Ley de Control; etc. Pero, sin soslayar la condición de Municipalidad Rural. Además, la Contraloría General de la República; la Dirección General de Presupuesto Público; el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), desde el año 2003, están obligados a emitir propuestas acordes a la realidad de las Municipalidades Rurales. Y no lo han hecho. Denunciamos, tal omisión punible. Lo peor, están aplicándoles las normas generales, sin considerar son municipalidades rurales.
Edgar Lajo Paredes – Abogado