Fiscal sustenta ante jueza el martes 14 en audiencia judicial prisión preventiva contra 31 detenidos masacrados en Caraveli.

Imagen. Dexia Abogados
La Fiscal Provincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada, María Cabana Ocsa, el martes 14 de junio desde las 10 horas, sustentará ante la Jueza de Investigación Preparatoria de Caravelí, Pamela Suárez Gonzales, el requerimiento de prisión preventiva por 18 meses en contra de 31 detenidos por los enfrentamientos entre mineros informales producidos en la provincia de Caravelí que ocasionó el asesinato de 14 personas en la primera semana de junio 2022.
La jueza, Pamela Suárez Gonzales, presidirá esta audiencia de manera presencial en el auditorio, Álvaro Chocano Marina, en medio de estrictas medidas de seguridad ante la gran cantidad de detenidos, ya que la fiscal les imputa la comisión de presuntos delitos de delitos de criminalidad organizada, tenencia ilegal de armas, homicidio calificado, lesiones graves; entre otros delitos que presuntamente habrían cometido los detenidos.
La Fiscalía investiga la presunta existencia de una organización criminal que habría contratado a personas para desalojar de manera violenta a mineros artesanales de la zona. Son tres los grupos implicados y ellos son, (Asociación Calpa Renace, Ático Calpa y la empresa minera Intigold Mining S.A.) que se disputarían el territorio de la zona de Calpa, en Caravelí, donde se suscitó el conflicto entre los mineros informales del lugar el pasado 02 de junio.
El Delito de criminalidad organizada está tipificado en el artículo 317 del Código Penal con pena privativa de libertad entre 15 a 20 años de prisión, el delito de tenencia ilegal de armas está tipificado en el artículo 217 del Código Penal con pena privativa de libertad no menor de 6 años ni mayor de 15 años. El delito de homicidio calificado está tipificado en el Código Penal en el artículo 108 en el Código Penal que establece prisión con penas no menores de 15 años, mientras que el delito de lesiones graves está tipificado en el artículo 121 y es reprimido con penas privativas de libertad entre 4 a 8 años.
El requerimiento de prisión preventiva presentado por la fiscal se dio en contra de, Richard Bernal Robles, Yonley Montoya Huamaní, Jean Carlos Picón Albino, Max Chambi Quispe, Cristhian López Díaz, Carlos Infantes Changanaqui, César Ruiz Ponce, Andy Bravo Trujillo, Alex Guevara Pfocori, Willton Saurín Lancha, Iván Méndez Contreras, Juan Manchego Maeda, Roswell Tuanama Rumay, Juan Carlos Imán Sernaqué, Alberth Vilcapuma Aragonez, Miguel Ángel Montes de la Cruz, Gianmarco Benítez Puntillo, Karim Brioso Loarte, Melquiades Flórez Catura y Edwin Chávez Chávez; todos detenidos en Caravelí.
En tanto, enfrentarán este requerimiento de prisión preventiva, los detenidos en Ático; Carlos Leonardo Lucano, Juan Tejada Alonso, Jesús Carlos Juan de Dios Villanueva, Jesús Quispe Escobar, Joel Bayona López, Richard De la Cruz Apolinario y Clifford Mejía Laveriano. Asimismo, Kevin Tamani Gonza, Christopher Santos Morales Tineo, Yesperson Paitán Castro y Pedro Flores Neira, detenidos en Ayacucho