Abogados cuestionan al Consejo Regional por aprobar Acuerdo para enmallar Puente Chilina

pressadminjunio 5, 20227min0
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Abogados cuestionan al Consejo Regional por aprobar Acuerdo para enmallar Puente Chilina

puente largo

Imagen: Andina

Tres abogados expertos en gestión pública, como son el Dr. Jorge Sumari Buendía, el Dr. Walter Paz Valderrama y el Dr. Edgar Lajo Paredes con diversos argumentos, cuestionaron que el Consejo Regional haya aprobado el acuerdo regional 037-2022, por el cual se declaró de interés público el enmallado del Puente Chilina y exhortan a los gerentes regionales a priorizar dicho proyecto. El Dr. Sumari, sostuvo que dicho acuerdo es ilegal porque invade una competencia municipal más aun cuando existe la ordenanza municipal 739-2012 que amplía la extensión del Centro Histórico hacia el Valle de Chilina, en tanto que el Dr. Paz, afirma que el acuerdo es un acto político que se inmiscuye en la gestión administrativa del ejecutivo regional, ya que los consejeros no tienen esa competencia legal.

Entre tanto, el Dr. Lajo, consideró que el acuerdo regional debió invocar a una reunión de coordinación entre la MPA y la GERESA para abordar este tema, pero no entrometerse en una atribución municipal, sugiriendo que dicho acuerdo debe derogarse. Reproducimos por ser de interés público sus declaraciones que concedieron al portal digital Arequipa Misti Press.

Jorge Sumari Buendía (Abogado)

“Una primera impresión es que el Gobierno Regional, ni el Consejo Regional no tienen competencia para ejecutar obras en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial de Arequipa sin solicitarle su autorización oficial mediante documentación. Asimismo, el Consejo Regional al aprobar un Acuerdo Regional, está invadiendo la función competencial de la Municipalidad Provincial de Arequipa reconocida en la Ley Orgánica de Municipalidades.

Por lo tanto, será un Acuerdo ineficaz porque el Consejo Regional no tiene informes técnicos de las Gerencias del Centro Histórico ni de Desarrollo Urbano por lo que el enmallado del Puente Chilina no podrá ejecutarse y el Pleno del Consejo Municipal debe cuestionar el Acuerdo Regional que es inejecutable. Al aprobar el Consejo Regional un Acuerdo, desconociendo los alcances de la Ordenanza Municipal 739-2012 que amplía el Centro Histórico hacia el Valle de Chilina que incluye el Puente Chilina, los consejeros regionales han incurrido en responsabilidades funciones que sanciona la legislación vigente.

La única salida que ellos tienen es que deroguen dicho Acuerdo Regional, por lo que la Municipalidad Provincial debe solicitarle formalmente al Consejo Regional deje sin efecto su Acuerdo Regional porque es inejecutable. El legislativo regional no puede invadir competencias municipales que han sido reconocidas en la Ley Orgánica de Municipales, en la Constitución y en varias sentencias del Tribunal Constitucional. Lamentable que los consejeros no hayan estado bien asesorados antes de aprobar el cuestionado Acuerdo Regional”.

Edgar Lajo Paredes (Abogado)

“El Acuerdo Regional 037-2022, aprobado por el Consejo Regional no tiene la suficiente justificación legal ni técnica, ya que para evitar los suicidios en el Puente Chilina, debió pedirse la opinión oficial de la gerencia regional de salud ya que hay una política nacional de salud mental que no se está tomando en cuenta, ya que los consejeros regionales no tienen esa competencia.

Por Ley Orgánica de Municipalidades, los proyectos urbanísticos le corresponden a la Municipalidad Provincial de Arequipa por lo que los legisladores regionales debieron pedirle una opinión oficial antes de aprobar el acuerdo regional antes de declarar de interés el enmallado del Puente Chilina. En tal razón, el Consejo Regional invadió competencias de la MPA y del MINSA y está usurpando concretamente las funciones de la Municipalidad Provincial de Arequipa.

Lo que debió hacer el Consejo Regional en su Acuerdo Regional es invocar al MINSA y MPA a tomar cartas en el asunto y convocar a una reunión de coordinación que no existe por la falta de capacidad de gestión regional. Los consejeros que aprobaron dicho cuestionado acuerdo, no respetan la ordenanza municipal 739-2012 que está vigente los que no pueden ser desconocidos por las personas naturales ni jurídicas de la provincia. Por estas razones, el Consejo Regional debe dejar sin efecto su acuerdo porque les puede ocasionar responsabilidades legales”.

Walter Paz Valderrama (Abogado)

“El Acuerdo Regional es una degeneración de las funciones del Consejo Regional porque se entrometen en la decisión de un proyecto de inversión del enmallado del Puente Chilina que requiere de criterios técnicos para reducir brechas sociales y no de criterios políticos. El legislativo regional no puede exhortar a las gerencias regionales directamente ya que eso es una intromisión en las funciones administrativas del ejecutivo regional donde ellos no tienen competencia.

La única explicación para justificar dicho acuerdo regional que aprobaron los consejeros, es que ellos no conocen sus funciones y competencias asignadas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales lo que es lamentable a tres años y medio de gestión regional. Tengo dudas si dicho acuerdo regional viola la autonomía y competencia municipal, ya que el cuestionado acuerdo, no está dirigido a la Municipalidad Provincial de Arequipa que tiene la Ordenanza Municipal 739-2012, y está relacionado a las gerencias regionales, donde ellos tampoco tienen competencias para ordenarle algo a la administración regional”.

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