Gobernadora aperturó procedimiento administrativo disciplinario contra ex procuradora Vallejos

La gobernadora regional, Kimmerlee Gutiérrez, mediante resolución ejecutiva regional 168-2022 suscrita el 03 de mayo, resolvió iniciar el procedimiento administrativo disciplinario en contra de Rosa Leonor Vallejos Beltrán, quien se desempeñaba como Procuradora Publica Regional al haber incurrido presuntamente en la falta de carácter disciplinaria tipificada en el inciso d) del artículo 85 de la Ley 30057 por la vulneración del literal d) y e) del artículo V de la Directiva 07-2017-GRA/OPDI, a quien le correspondería la sanción de suspensión sin goce de remuneraciones entre 1 a 365 días.
La resolución le da plazo de 5 días hábiles para que presente los descargos de las imputaciones que se le hace a Rosa Vallejos. En resumen, se atribuye a la ex Procuradora una presunta falta administrativa ya que solicitó pasajes aéreos en cuatro fechas el año 2019 sin realizar el trámite regulado por la Directiva 07-2017-GRA/OPDI como se pudo verificar en la resolución de la Oficina regional de administración 644-2020-GRA-ORA de fecha 22 de junio del 2020 la cual resolvió reconocer la prestación de servicios aéreos sin vínculo contractual a favor de la empresa Rainbow Light Tours EIRL por el servicio de traslado de pasajeros que tuvo un importe económico de 5,050.00 soles.
Según el informe de precalificación 37-2022 emitido por la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, la ex Procuradora por medio del memorándum 99-2020 del 27 de diciembre del 2019, dio la conformidad por el servicio de compra de pasajes aéreos y producto de su actuar habría cometido la falta tipificada en el literal q) del artículo 85 de la Ley de Servicio Civil que prescribe como negligencia en el desempeño de las funciones, que es la omisión de la diligencia exigible al profesional en el desempeño de su actividad. Por lo tanto, omitió y no garantizó el presupuesto para la adquisición del servicio mencionado a fin de proceder a la atención de requerimientos tal como la funcionaria lo señaló en el memorándum 99-2020-GRA/PPR del 27 de diciembre del 2019, permitiendo de esa manera que el GRA tenga pendiente el pago de una deuda sin vínculo contractual, lo que vulnera la directiva 07-2017-GRA/OPDI sobre procedimientos para las contrataciones de bienes y servicios por montos de hasta 8 UITS en el gobierno regional de Arequipa aprobado por Resolución Ejecutiva Regional 438-2017.