Solo tres encuestadoras en Arequipa están autorizadas para difundir encuestas según el JNE

Hugo Amanque Chaiñafebrero 14, 20229min0
Hugo Amanque Chaiñafebrero 14, 20229min0

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Solo tres encuestadoras en Arequipa están autorizadas para difundir encuestas según el JNE

encuestando a poblacion

Imagen: Questión pro

Solo tres personas jurídicas en la región Arequipa, están registradas como encuestadoras con inscripción vigente hasta el mes de febrero 2022, para efectuar y difundir encuestas en las próximas elecciones regionales y municipales 2022. Estas tres encuestadoras están en el registro electoral de encuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones con sus respectivas denominaciones, resoluciones y representantes legales. A la fecha, según dicho registro, en el país están autorizadas un total de 60 encuestadoras y en Arequipa solo tienen inscripción vigente tres encuestadoras que son las siguientes:

 

REGISTRO NOMBRE ENCUESTADORA REPRESENTANTE RESOLUCION ESTADO
01 00429 R y L Asociados Publicidad y Marcketing William Rosado Solís 018-2022 –DOGI/JNE Vigente
02 00427 Diario Viral Comunicaciones e Informática SAC Manuel Linares Esquivel 003-2022 Vigente
03 00400 Corporación de Medios Informativos SAC July Calderón Ordoñez 251-2019 Vigente

 

Recordemos que, en las elecciones generales del año 2021, seis empresas encuestadoras fueron autorizadas por el Jurado Nacional de Elecciones para publicar encuestas en la región Arequipa. Dichas encuestadoras fueron: La Corporación de Medios Informativos SAC, autorizada con registro 00401-REE-JNE, Centro de Comunicación Amakella, autorizada con registro 00390-REE-JNE, Centro de Investigación, Docencia y Desarrollo Estadístico SAC, autorizada con registro 00306-REE-JNE, Grupo Idesia, autorizada con registro 00373-REE-JNE, Visión, Perspectiva, Asesoría, Consultoría y Capacitación, autorizada con registro 00363-REE-JNE, y, Corporación de Publicaciones, Estudios de Mercado y Capacitaciones El Poder, autorizada con registro 00346-REE-JNE.

En este tema concreto, es oportuno hacer algunas precisiones sobre estos actores que siempre están presentes en elecciones como son las encuestadoras. El Jurado Nacional de Elecciones mediante resolución 0462-2017, aprobó el reglamento del registro electoral de encuestadoras que contiene 39 artículos y que está vigente para las elecciones regionales y municipales 2022. Es la Dirección Central de Gestión Institucional encargada de administrar el registro electoral de encuestadoras.

El reglamento señala que las encuestadoras deberán remitir a la DCGI, en caso de que los JEE aún no estén instalados, directamente o por intermedio de las Oficinas Desconcentradas, en medio impreso y en CD, el informe completo y detallado de la encuesta sobre intención de voto y/o del simulacro de votación realizado, que haya sido publicado o difundido. Dicho informe, deberá estar visado por el profesional acreditado ante el REE. El plazo para remitir el informe de la encuesta sobre intención de voto y/o simulacro de votación será de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación o difusión de la encuesta sobre intención de voto y/o simulacro de votación en un medio de comunicación.

Los informes de las encuestas sobre intención de voto y/o simulacro de votación publicadas o difundidas, debe contener lo siguiente: 1. Fecha de realización del estudio, 2. Fecha de publicación o difusión del estudio, 3. Medio probatorio que evidencie la publicación o difusión del estudio legible, 4. Objetivos del estudio, 5. Ámbito, 6. Población objetivo, 7. Marco muestral, 8. Tamaño de la población objeto de estudio, 9. Tamaño de la muestra, 10. Ponderaciones de la muestra, 11. Tipo de muestreo aplicado, 12. Puntos de muestreo, 13. Cuestionario, 14. Trabajo de campo, 15. Base de datos habilitada, 16. Resultado, 17. Financiación del estudio, 18. Página web registrada.

El reglamento afirma que los medios de comunicación social en uso de la libertad de expresión e información pueden analizar los resultados de las encuestas sobre intención de voto y/o simulacro de votación como consideren conveniente. En aras de la transparencia y de la veracidad de la información, los medios de comunicación tienen la obligación de verificar que la encuestadora que contrate la publicación o difusión cuente con inscripción vigente en el REE.

El JNE, a través de la DNFPE, fiscaliza que los resultados y la información señalada en las encuestas sobre intención de voto y/o simulacro de votación que sean publicados o difundidos por los medios de comunicación, sean veraces en mérito al análisis de la información remitida por la encuestadora. Para dicho efecto, la DNFPE a través del personal de la sede central, en caso no se encuentren instalados los JEE, o del personal designado a los JEE en caso se encuentren instalados, emite un informe legal, en base al informe técnico estadístico y a la documentación que obre en el expediente, los cuales son derivados a la DCGI, en tanto no se encuentre instalado el JEE.

El reglamento establece, asimismo, 12 tipos de sanciones e infracciones a las encuestadoras. Entre ellas, multa de 10 a 100 UITS a las encuestadoras o medios que publiquen o difundan encuestas o simulacros de votación con posterioridad al domingo anterior del día de las elecciones, la suspensión de 50 días naturales a la encuestadora que no remita en medio impreso o CD el informe completo detallado de una encuesta difundida sobre intención de voto o simulacro de votación. Asimismo, puede sancionar con 30 días de suspensión a las encuestadoras que remitan de manera incompleta el informe o ficha técnica difundida, que remita extemporáneamente el informe o ficha técnica, pero también a la encuestadora que no publica en su página web registrada el informe de la encuesta, etc.

Adportas de las elecciones regionales y municipales 2022, donde se han “auto lanzado” varios precandidatos en Arequipa, esperamos que la Dirección Nacional de Fiscalización de Procesos Electorales del JNE, cumpla su función y fiscalice a las encuestadoras vigentes, pero también a las “seudo encuestadoras” que hacen su “agosto” con los partidos, movimientos y precandidatos haciéndoles creer que lideran las encuestas de opinión.

Asimismo, los medios de comunicación tienen que actuar con responsabilidad en difundir las encuestas de encuestadoras autorizadas y registradas en el JNE si no quieren ser sancionadas con multas. Esperamos que pronto se instale los Jurados Electorales Especiales en Arequipa y ellos cumplan también su función de fiscalización, ya que solo tres encuestadoras hasta el momento son las únicas autorizadas por el Jurado Nacional de Elecciones.

Hugo Amanque Chaiña


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