Gobierno aprueba estrategia de integridad para prevenir actos de corrupción
El gobierno del presidente Castillo, publicó el decreto supremo 180-2021-PCM, que aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, la cual consta de diez acciones, priorizadas en cuatro ámbitos. El decreto tiene por finalidad fortalecer la respuesta coordinada de todas las entidades pertenecientes al Poder Ejecutivo, para asegurar el cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y la implementación del Modelo de Integridad para las entidades del sector público. Asimismo, asegurar la buena marcha de las entidades del Poder Ejecutivo, a través de la mitigación de riesgos que afectan la integridad pública y que dan paso a la ocurrencia de posibles actos de corrupción, así como de faltas administrativas y prácticas cuestionables.
La Estrategia del Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, comprende las siguientes diez acciones, priorizadas en cuatro ámbitos: 1.- Para la designación de funcionarios y directivos públicos, las entidades deben observar el cumplimiento de los perfiles de puestos y actualizarlos según las normas emitidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) para tal efecto; asimismo, establecen mecanismos estandarizados, incorporando criterios para verificar la idoneidad técnica y moral del personal, de manera previa y posterior a su selección. Esto incluye a los servidores de confianza. 1.2 Para la contratación laboral mediante concurso público, las entidades establecen protocolos que aseguren el acceso justo a los puestos públicos y limiten la participación de áreas usuarias a lo estrictamente necesario o posibles injerencias de funcionarios o servidores públicos, asegurando la transparencia y objetividad del proceso en todas sus fases. 1.3 Para la contratación de locación de servicios, incluyendo aquellos contratados bajo el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público – FAG y como Personal Altamente Calificado- PAC, las entidades incorporan cláusulas anticorrupción en los contratos, a fin de aplicar las consecuencias en aquellos casos que se presenten omisiones a los principios, deberes y prohibiciones establecidas en la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública y en otras normas vinculadas a la materia.
2) Fortalecer capacidades y desarrollar campañas de información, difusión y sensibilización interna y externa en materia de integridad pública Para asegurar el cumplimiento de las disposiciones en materia de ética e integridad pública, las entidades: i) aseguran el acceso a mecanismos estandarizados de inducción y desarrollo de capacidades; ii) incorporan acciones o actividades en su Plan de Comunicación Interna; iii) desarrollan actividades de sensibilización al personal; iv) participan en las estrategias de comunicación intersectorial sobre la materia; y, v) desarrollan actividades de difusión dirigidas a la ciudadanía y partes interesadas.
Para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas. 3) Asegurar la implementación del Registro Estándar de Visitas en Línea Para dar cuenta de las reuniones y actividades que se producen con participación de los funcionarios, servidores y de aquellas personas que desempeñan función pública, incluyendo posibles actos de gestión de intereses o reuniones en un entorno digital, las entidades implementan el Registro Estándar de Visitas en Línea conforme a lo establecido en la Ley Nº 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 120- 2019-PCM.
4) Asegurar el cumplimiento estricto de las normas para prevenir y gestionar posibles conflictos de intereses Para asegurar el cumplimiento estricto de las normas para prevenir y gestionar posibles conflictos de intereses, las entidades implementan los protocolos y/o lineamientos que apruebe la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros para la prevención y gestión oportuna de posibles conflictos de intereses, de manera que se evite el privilegio indebido de intereses particulares frente al interés público o se cuestione la legitimidad e imparcialidad en la toma de decisiones públicas. Asimismo, aseguran la presentación oportuna de la Declaración Jurada de Intereses de los funcionarios, servidores y de aquellos que desempeñan función pública en el sistema de la Contraloría General de la República, conforme a la Ley de la materia, contando con los accesos a los datos públicos registrados por los sujetos obligados, para optimizar la gestión oportuna de alertas sobre posibles conflictos de intereses.
5) Implementar el Registro de Solicitudes de Atención de Audiencias de Gestiones de Intereses. En aras de la equidad y transparencia en el acceso al diálogo con autoridades y funcionarios con capacidad de decisión en el sector público, las entidades implementan el Registro de Solicitudes de Atención de Audiencias de Gestiones de Intereses, a través del cual, las personas naturales o jurídicas podrán solicitar una reunión para exponer sus puntos de vista sobre asuntos de interés público con criterios debidamente establecidos.
- Para fortalecer la institucionalidad y la mejora continua. 6) Identificar riesgos que afectan la integridad pública Las entidades implementan un proceso de identificación, evaluación y mitigación de los riesgos que pudieran afectar la integridad pública; es decir, la posibilidad de que una determinada conducta transgreda, por acción u omisión, el respeto de los valores de la organización, así como de los principios, deberes y normas relacionadas al ejercicio de la función pública y configure una práctica contraria a la ética o práctica corrupta; particularmente en los procesos más sensibles, como la provisión de servicios públicos, la contratación pública, la gestión de recursos humanos y el acceso a la información pública, entre otros.
7) Aplicar el Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción e implementar el Modelo de Integridad para las entidades del sector público. Las entidades aplican el Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción, con un resultado no menor al 41% en la evaluación del avance en la implementación del Modelo de Integridad para las entidades del sector público y el estándar establecido para las entidades del sector público, de acuerdo con los lineamientos que emita la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros para tal fin. El Índice de Capacidad Preventiva frente a la Corrupción es la herramienta que permite medir la adecuación de la entidad al estándar de integridad a través del desarrollo de los componentes y subcomponentes del modelo de integridad, evidenciando las brechas y oportunidades de mejora en su implementación.
8) Fortalecer la institucionalidad en materia de Transparencia e Integridad Pública Para fortalecer la efectividad e independencia en la evaluación del desempeño de las entidades en materia de transparencia e integridad pública, la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos fortalecen el marco normativo de la Secretaría de Integridad Pública y la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, respectivamente, potenciando su capacidad de sinergia y competencias sobre la materia.
- Para fortalecer el control social y la denuncia. 9) Impulsar mecanismos de voluntariado Para facilitar las actividades de control social que se promueven desde la ciudadanía y fortalecer la participación, principalmente, de los estudiantes del nivel técnico y superior, las entidades en coordinación con las universidades y centros de educación superior, a nivel nacional, promueven acciones de voluntariado dirigidas a los estudiantes, reconociendo su contribución para mejorar el desempeño ético de la función pública y la administración de los recursos públicos. Para el desarrollo de esta acción, la Presidencia del Consejo de Ministros articula con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministerio de Educación.
10) Asegurar la implementación de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano y fortalecer las medidas de protección e incentivos para el denunciante. 10.1. La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital y la Secretaría de Integridad Pública, fortalece la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano para asegurar su accesibilidad a la ciudadanía y la generación de información cuantitativa y estadística sobre la gestión de denuncias por actos de corrupción y el otorgamiento de mecanismos de protección al denunciante de posibles actos de corrupción.
10.2 Las entidades son usuarias de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, siguiendo los lineamientos establecidos para su uso, de manera que se optimice la gestión oportuna de alertas sobre posibles casos de corrupción o actos contrarios a la ética, evitando la duplicidad de esfuerzos y la burocracia innecesaria en la recepción de denuncias. 10.3. Con apoyo de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y sectores vinculados a la materia del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros evalúa el marco normativo vigente para fortalecer las medidas de protección al denunciante de posibles actos de corrupción en el ámbito administrativo y penal; así como los incentivos vigentes para la presentación de denuncias que permitan intervenir oportuna y efectivamente ante la comisión de posibles actos de corrupción en el aparato público.