Gobierno forma el grupo de trabajo de mesa de diálogo en distrito de Caylloma
Mediante resolución ministerial 390-2021 suscrito por el ministro de energía y minas, Eduardo Gonzales, publicado en el diario oficial, se conformó el grupo de trabajo de la Mesa de Diálogo para el Convenio Marco del distrito de Caylloma. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 230–2021– MINEM-DM, se resuelve conformar el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Convenio Marco del distrito de Caylloma”; con el objeto de instalar un espacio de diálogo entre representantes del Poder Ejecutivo, Gobierno Local y representantes de la sociedad civil con la finalidad de llegar a acuerdos orientados a promover el desarrollo sostenible del distrito de Caylloma.
La resolución señala que, con fecha 30 de agosto de 2021, se realizó la primera Sesión del Grupo de trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Convenio Marco del Distrito de Caylloma”, en la cual las partes acordaron respetar los términos de la Resolución Ministerial 230-2021-MINEMDM; no obstante, solicitan al Ministerio de Energía y Minas promueva la modificación del artículo 2 de la citada Resolución. Refieren que, el Informe N° 097-2021-MINEM/OGGS/OGDPC/ JRZP, señala que la modificación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 230-2021-MINEM/DM, permitirá la inclusión de otros representantes de grupos sociales, lo cual contribuirá a mejorar el dialogo entre los actores sociales, la empresa y el Ejecutivo, y crear un clima de confianza entre los actores, conocer sus necesidades e intereses y arribar a acuerdos beneficiosos entre las partes.
La resolución publicada modifica el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 230-2021-MINEM-DM, de acuerdo a los siguientes términos: “Artículo 2.- Integrantes El Grupo de Trabajo estará integrado por los siguientes miembros: (…) e) Un (01) representante titular y alterno de las Asociaciones Barriales, Anexos y Comunidad del distrito de Caylloma. (…) El referido Grupo de Trabajo podrá proponer la incorporación de otros miembros, lo cual deberá ser aprobado por unanimidad mediante acta respectiva, para su posterior aprobación por el titular de la entidad mediante Resolución Ministerial”.