GRA por decreto elimina 23 procedimientos administrativos del TUPA

Hugo Amanque Chaiñaoctubre 25, 20213min0
Hugo Amanque Chaiñaoctubre 25, 20213min0

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GRA por decreto elimina 23 procedimientos administrativos del TUPA

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El gobierno regional de Arequipa mediante el decreto regional 002-2021 publicado en el diario oficial, resolvió declarar la eliminación de veintitrés (23) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Arequipa, aprobado por Ordenanza Regional nº 0411-AREQUIPA.

Entre los considerandos del decreto publicado se señala que, mediante Informe n° 49-2021-GRA/ORPPOTOPDI, la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional propone la eliminación de un primer grupo de veintiún (21) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Arequipa; asimismo, mediante Informe n° 108-2021-GRA/ORPPOT-OPDI, la misma Oficina propone la eliminación de dos (02) procedimientos administrativos adicionales del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Arequipa; todo ello en el marco de las disposiciones de simplificación administrativa, buscando con ello mayor eficacia, eficiencia, celeridad y equidad en los procedimientos administrativos, garantizando así los derechos e intereses de los administrados, con sujeción al ordenamiento constitucional.

Que, el Equipo de Mejora Continua del Gobierno Regional de Arequipa, conformado por el artículo 2º de la Resolución Ejecutiva Regional nº 319-2019- GRA/GR, del 12 de junio de 2019, y en el marco de la simplificación administrativa, tiene la potestad de recomendar la eliminación de procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Arequipa, que considere innecesarios; por lo que, en los acuerdos llevados a cabo el 25 de marzo del año en curso, propone la eliminación de 18 procedimientos.

Cuatro (4) de los procedimientos generales, referidos a recursos impugnativos, de ejecución coactiva y de tercería de propiedad, que no corresponden por estar regulados en la Ley de Procedimiento Administrativo General; seis (6) procedimientos de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo Institucional, por estar vinculados al órgano de asesoramiento que no constituyen procedimientos a ser consignados en el TUPA; dos (2) procedimientos de la Oficina de Logística y Patrimonio, por estar vinculados al órgano de apoyo que no constituyen procedimientos a ser consignados en el TUPA; seis (6) procedimientos de la Oficina de Recursos Humanos, por estar vinculados al órgano de apoyo que no constituyen procedimientos a ser consignados en el TUPA. Asimismo, se ha incorporado para ser eliminados cuatro (4) procedimientos de la Oficina Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil, a solicitud de la citada oficina, por haber variado la competencia del Gobierno Regional al Gobierno Local; y un (1) procedimiento del Órgano de Control Institucional, por no constituir en esencia un procedimiento que debe estar consignado en el TUPA.

 

Hugo Amanque Chaiña


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