El 25 de octubre vence plazo para que partidos rindan cuentas de financiamiento año 2021
El Jefe Nacional de la ONPE, Piero Corvetto, mediante la resolución jefatural 001153-2021 publicado en el diario oficial, fijó como fecha límite de presentación de rendición de cuentas que efectuarán los 10 partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo correspondiente al ejercicio anual 2021 que están representados en el Congreso Nacional, venciendo el plazo el 25 de octubre.
La resolución suscrita por el Jefe de la ONPE refiere que mediante la Resolución Jefatural N° 000189-2021- JN/ONPE, se dispuso fijar como fecha límite para la presentación de la rendición de cuentas a efectuar por las organizaciones políticas beneficiarias el 22 de julio de 2021, respecto al periodo comprendido entre los meses de enero y junio de 2021; Ahora bien, en este punto es de advertir que, de acuerdo con el artículo 29 de la LOP, las organizaciones políticas beneficiarias pueden utilizar la subvención del FPD durante el quinquenio posterior a la elección en que obtuvieron representación en el Congreso de la República. Se establece así un vínculo de proporcionalidad entre el periodo del mandato legislativo y el periodo en que pueden utilizarse los fondos derivados del FPD.
En razón de ese vínculo de proporcionalidad previsto por ley, así como del principio constitucional de igualdad, las organizaciones políticas que obtuvieron representación congresal en las ECE 2020 se encontraron habilitadas a utilizar la subvención del FPD durante un periodo proporcional al de su mandato legislativo; lo anterior implica que las organizaciones políticas beneficiadas podrían realizar gastos con cargo al FPD asignado hasta julio de 2021. Ello por cuanto, en su caso, el periodo de su mandato legislativo inició el 17 de marzo de 2020 y culminó el 26 de julio de 2021, esto es, un periodo de poco más de dieciséis (16) meses, considerando como hito inicial abril de 2020 (fecha desde la cual se asignó el FPD a las organizaciones políticas beneficiadas).
Siendo así, corresponde establecer una fecha límite para la rendición de cuentas que efectuarán los partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo correspondiente al ejercicio anual 2021, respecto al mes de julio de 2021. Y es que, de conformidad con el artículo 35 de la Constitución Política, el financiamiento de las organizaciones políticas se rige bajo el principio de rendición de cuentas, debiendo transparentarse los gastos en que hubiesen incurrido en dicho periodo; por lo que el plazo vence en forma indefectible el 25 de octubre.